CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

DULCERÍA PRALINÉ SpA

CVE 1905514
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de febrero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de febrero de 2021
Repertorio
2797-2021
Notario
Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tiene por objeto la producción, elaboración, venta y comercialización y distribución, al por menor y al por mayor, de toda clase de alimentos, en especial productos de panadería y pastelería; la explotación de negocios tales como cafeterías, restaurantes u otro establecimiento comercial relacionado con la actividad antes señalada; y, en general, cualquier otro acto o negocio lícito que se derive de lo anterior o lo complemente, u otros que los accionistas acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA JOSE BRAVO CRUZ, Abogado, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, certifico que, ante mí, por escritura pública de fecha 22 de febrero de 2021, repertorio N° 2.797-2021, doña Lucía del Rosario de Fátima Guzmán Riesco y don Arturo Andrés Montenegro Sotomayor constituyeron una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables son las siguientes: Nombre: “DULCERÍA PRALINÉ SpA”. Objeto: La sociedad tiene por objeto la producción, elaboración, venta y comercialización y distribución, al por menor y al por mayor, de toda clase de alimentos, en especial productos de panadería y pastelería; la explotación de negocios tales como cafeterías, restaurantes u otro establecimiento comercial relacionado con la actividad antes señalada; y, en general, cualquier otro acto o negocio lícito que se derive de lo anterior o lo complemente, u otros que los accionistas acuerden. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 23 de febrero de 2021.- María José Bravo Cruz. Notario Suplente.