MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BARAONA, FISCHER Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76741288-6 CVE 1905284
Fecha instrumento
4 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2021
Repertorio
104-2021
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, certifica que: por escritura pública de fecha 4 de enero 2021, bajo repertorio N°104-2021, ante mí: i) el señor JUAN MANUEL BARAONA SAINZ, domiciliado en Valle Elocuente N°3.573, comuna de Lo Barnechea, Santiago; ii) el señor JUAN PABLO BARAONA RUFATT, domiciliado en El Rebalse N°856, comuna de Lo Barnechea, Santiago; iii) la señora CAROLINA ANDREA COLLANTES SCHAALE, domiciliada en calle Bombay N°8.680, comuna de Las Condes, Santiago; iv) el señor FEDERICO RODRÍGUEZ MARTY, domiciliado en calle San Sebastián N°2.807, oficina 912, comuna de Las Condes, Santiago; v) el señor CRISTÓBAL HERRERA BARRIGA, domiciliado en calle Toledo N°732, comuna de Las Condes, Santiago; vi) el señor RAÚL EDUARDO MARSHALL JULLIAN, domiciliado en Condominio Santa Teresita, Parcela Tres, calle Santa Esther sin número, comuna de Colina, Santiago; vii) el señor ALEX HERWARDT DAVID FISCHER WEISS, domiciliado en Camino Las Hualtatas N°5.075, casa 18, comuna de Lo Barnechea, Santiago; viii) el señor BORIS ALEJANDRO LEÓN CABRERA, domiciliado en calle José Joaquín Vallejos N°1.355, departamento 802, comuna de San Miguel, Santiago; ix) el señor JUAN CRISTÓBAL ORTEGA SOFFIA, domiciliado en Suecia N°415, departamento 11002, comuna de Providencia, Santiago; x) la señora MARÍA ISABEL ESPINOZA CIFUENTES, domiciliada en calle Luis Thayer Ojeda N°1.303, departamento 901, comuna de Providencia, Santiago; y xi) el señor ALFONSO IGNACIO UGARTE CIFUENTES, domiciliado en calle Alicante N°781, comuna de Las Condes, Santiago; todos los anteriores, en carácter de únicos y actuales socios de “BARAONA, FISCHER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sociedad de responsabilidad limitada constituida por escritura pública de fecha 13 de abril del año 2017 en Notaría Eduardo Avello Concha, bajo el repertorio N°12.055-2017 e inscrita a fojas 35.215 número 19.364 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, acordaron lo siguiente: /Uno/ Manifestó su decisión de retirarse de manera irrevocable de la sociedad el socio ALFONSO IGNACIO UGARTE CIFUENTES, dándose en dicho acto por notificados el resto de los socios, la cual aceptaron expresamente; /Dos/ Como consecuencia de lo señalado precedentemente quedaron como únicos socios de “BARAONA, FISCHER Y COMPAÑÍA LIMITADA”, el señor JUAN MANUEL BARAONA SAINZ, el señor JUAN PABLO BARAONA RUFATT, la señora CAROLINA ANDREA COLLANTES SCHAALE, el señor FEDERICO RODRÍGUEZ MARTY, el señor CRISTÓBAL HERRERA BARRIGA, el señor RAÚL EDUARDO MARSHALL JULLIAN, el señor ALEX HERWARDT DAVID FISCHER WEISS, el señor BORIS ALEJANDRO LEÓN CABRERA, el señor JUAN CRISTÓBAL ORTEGA SOFFIA y la señora MARÍA ISABEL ESPINOZA CIFUENTES, distribuyéndose entre éstos el capital social luego del retiro de la sociedad por parte del socio ALFONSO IGNACIO UGARTE CIFUENTES, en la forma que se indica en la escritura extractada; /Tres/ Producto de la renuncia y retiro del socio indicado anteriormente, el señor JUAN MANUEL BARAONA SAINZ, el señor JUAN PABLO BARAONA RUFATT, la señora CAROLINA ANDREA COLLANTES SCHAALE, el señor FEDERICO RODRÍGUEZ MARTY, el señor CRISTÓBAL HERRERA BARRIGA, el señor RAÚL EDUARDO MARSHALL JULLIAN, el señor ALEX HERWARDT DAVID FISCHER WEISS, el señor BORIS ALEJANDRO LEÓN CABRERA, el señor JUAN CRISTÓBAL ORTEGA SOFFIA y la señora MARÍA ISABEL ESPINOZA CIFUENTES, en sus calidades de únicos socios de la sociedad, acordaron modificar los estatutos sociales, sustituyendo íntegramente el artículo quinto de los estatutos sociales, por uno del siguiente tenor: “Artículo Quinto. Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, que los socios, en partes iguales, suscriben, enteran y aportan íntegramente en este acto, en dinero en efectivo.”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes estipulaciones del pacto social, especialmente la responsabilidad de los socios, que se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de Marzo de 2021.