INMOBILIARIA E INVERSIONES PERSEO SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de septiembre de 2017
- Notario
- GERARDO ALFREDO CORTES GASAGUI
- Oficio
- Primera Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERARDO ALFREDO CORTES GASAGUI, chileno, Abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría de Chillán, con oficio en calle El Roble Nº 551, CERTIFICO: Que, por escritura pública otorgada ante mí suplente doña INGRID ROJAS LUNA, con fecha 12 de febrero del año dos mil veinte, ALFONSO RODRIGO APARA ALAMOS, Chileno, soltero, comerciante, C.I. 10.372.685-9, domicilio Collin 934, Chillan, rectifico la escritura publica repertorio numero 4.345-2017, fecha 08/09/2017, otorgada ante Notario Público don Francisco Yaber Lozano titular de Chillan, se constituyó sociedad por acciones INMOBILIARIA E INVERSIONES PERSEO S.P.A. giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.896.587-0, extracto inscrito fojas 544 numero 398 año 2017, Registro Comercio, Conservador bienes raíces Chillan, año 2017, publicada Diario Oficial fecha 05/10/2017, referida Constitución sociedad articulo tercero transitorio, faculta irrevocablemente a Alfonso Rodrigo Apara Alamos, cualquier tiempo otorgue y suscriba todos los instrumentos públicos y privados, que sean necesarios para rectificar, complementar y-o aclarar el presente instrumento, para el perfeccionamiento del presente acto jurídico y bondad de los títulos.- Por el presente acto e instrumento compareciente, viene en declarar expresamente que por un error involuntario de la parte constituyente de la sociedad, en el capitulo relativo a los articulos transitorios, articulo primero transitorio, en la parte que señala el aporte de los inmuebles se individualizo bajo el numero Uno el inmueble aportado erróneamente de la siguiente manera: Uno.- Aporta para la sociedad el inmueble ubicado en Predio Santa Cristobal, lugar Colonia Bernardo O”Higgins, de la comuna de Chillan: con una superficie aproximada de dos coma cero tres hectáreas y deslinda: HIJUELA NUMERO TRES: Lote “a” de cero coma setenta y seis hectáreas: NORTE: Sociedad Agrícola Cancura Limitada, separado por cerco; ESTE: Lote “a” de la hijuela número cuatro, de Nelson Pascual Parra Orellana, separado por cerco; SUR: Estero sin nombre, afecto a servidumbre de transito de uso público en una faja de cinco coma cero cero metros por una extensión de sesenta y dos coma cero nueve metros que lo separa del lote “b” de la misma propiedad; y OESTE: Lote “a” de la Hijuela número dos, de María Elena Parra Orellana, separado por cerco; Lote “b” de cero coma ochenta y una hectáreas: NORTE: Estero sin nombre, afecto a servidumbre de transito de uso público en una faja de cinco coma cero cero metros por una extensión de sesenta y dos coma veintinueve metros, que lo separa del lote “a” de la misma propiedad; ESTE: Lote “b” de la hijuela número cuatro, de Nelson Pascual Parra Orellana, en línea quebrada, separado por cerco; SUR: Canal de riego, que lo separa del lote “c” de la misma propiedad; y OESTE: Lote “b” de la Hijuela número dos, de María Elena Parra Orellana, separado por cerco; y Lote “c” de cuatro mil quinientos setenta y ocho coma cuarenta y nueve metros cuadrados, NORESTE, Canal de riego en cuarenta y seis coma cincuenta y dos metros; que lo separa del lote “b” de la misma propiedad; SURESTE, Lote “c” de la hijuela numero cuatro de Nelson Pascual Parra Orellana, en noventa y tres coma veinticuatro metros, separado por cerco; SUROESTE, Camino publico de Nahueltoro a Cruce Variante Nahueltoro en cincuenta y uno coma catorce metros; SUROESTE, Lote “c” de la hijuela número dos de María Elena Parra Orellana, en ciento seis coma diez metros, separado por cerco.- La resolución y el plano que autorizo la subdivisión que genero la hijuela tres, se encuentra agregado bajo el numero mil trescientos ochenta y mil trescientos ochenta y tres al final del registro de propiedad del año dos mil seis, del conservador de bienes raíces de Chillan. El Rol de Avaluó del inmueble es el número dos mil doscientos nueve guión quinientos setenta de la comuna de Chillan. El dominio a favor de la sociedad compareciente corre inscrito a fojas tres mil seiscientos cincuenta y cinco vuelta número dos mil cuatrocientos setenta y ocho del Registro de Propiedad del conservador de bienes Raíces de Chillán del año dos mil doce. Y que avalúa en la suma de cincuenta y dos millones quinientos mil pesos.- Parrafo que por el presente instrumento se elimina y se rectifica reeemplazandolo por el siguiente: Uno.- aporta en dominio para la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Perseo S.p.A. Los siguientes inmuebles: A.- LOTE A de cero coma setenta y seis hectáreas: NORTE: Sociedad Agrícola Cancura Limitada, separado por cerco; ESTE: Lote “a” de la hijuela número cuatro, de Nelson Pascual Parra Orellana, separado por cerco; SUR: Estero sin nombre, afecto a servidumbre de transito de uso público en una faja de cinco coma cero cero metros por una extensión de sesenta y dos coma cero nueve metros que lo separa del lote “b” de la misma propiedad; y OESTE: Lote “a” de la Hijuela número dos, de María Elena Parra Orellana, separado por cerco.- La resolución y el plano que autorizo la subdivisión que genero el lote A de la hijuela tres, se encuentra agregado bajo el numero mil trescientos ochenta y mil trescientos ochenta y tres al final del registro de propiedad del año dos mil seis, del conservador de bienes raíces de Chillan. El Rol de Avaluó del inmueble es el número dos mil doscientos nueve guión quinientos setenta de la comuna de Chillan. El dominio a favor de la sociedad compareciente corre inscrito a fojas tres mil seiscientos cincuenta y cinco vuelta número dos mil cuatrocientos setenta y ocho del Registro de Propiedad del conservador de bienes Raíces de Chillán del año dos mil doce. El inmueble se aporta a sociedad en la suma de diecinueve millones seiscientos cincuenta y tres mil seiscientos pesos. Quedando ingresado este aporte para la sociedad.- y B.- LOTE B, de una superficie total de una coma dos seis siete ocho cuatro nueve hectareas, y los siguientes deslindes particulares: NORESTE: Estero sin nombre afecto a servidumbre de transito de uso publico, en una faja de cinco coma cero metros por una extension de sesenta y dos coma veintinueve metros que lo separa del lote A de la misma propiedad; SURESTE: Lotes b y c de la Hijuela numero cuatro de Nelson Pascual Parra Orellana en linea quebrada, separado por cerco; SUROESTE: Camino publico de Nahueltoro a cruce variante Nahueltoro, en cincuenta y uno coma catorce metros; Y NOROESTE: Lotes b y c de la Hijuela numero dos de Maria Elena Parra Orellana, separado por cerco, todo conforme al plano y certificado del Servicio Agricola y Ganadero de Chillan, agregado al final del registro de propiedad año dos mil trece, bajo los numeros novecientos cuarenta y siete y novecientos cuarenta y ocho, del Conservador de bienes raices de Chillan. El Rol de Avaluó del inmueble es el número dos mil doscientos nueve guión ciento treinta y nueve de la comuna de Chillan El dominio a favor de Zeus S.p.A. Corre inscrito a fojas dos mil seiscientos veinticinco vuelta numero dos mi doscientos noventa y dos, del registro de propiedad del Conservador de bienes raíces de Chillan, correspondiente al año dos mil trece. El inmueble se aporta en la suma de treinta y dos millones ochocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos pesos. Quedando ingresado este aporte para la sociedad. El presente instrumento público forma parte integrante de la constitución de sociedad referida precedentemente, como si esta y aquella formen una sola unidad para todos los efectos legales.- Demas estipulaciones escritura publica que se extracta. Chillan 23 de febrero de 2021.