PRODUCCIÓN DE EVENTOS G2 LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2021
- Repertorio
- 3472-2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será: : A) El desarrollo y ejecución por cuenta propia y ajena de toda clase de eventos, ya sean infantiles, artísticos, corporativos, publicitarios, entre otros, así como también toda actividad que tenga relación con la producción de dichos eventos, especialmente aquellos que contemplen servicios audiovisuales; B) La asesoría, consultoría y capacitación en cualquiera de las materias y rubros indicados precedentemente; C) La producción, elaboración, importación, exportación y comercialización, en el país o en el extranjero, de complementos dietéticos y nutritivos, preparaciones de vitaminas, complementos alimenticios a base de proteínas y en general de toda clase de suplementos alimenticios destinados al consumo humano; D) La realización de toda actividad comercial, pudiendo comprar, vender, arrendar, subarrendar, importar, exportar y comercializar todo tipo de bienes y ejecutar cualquier otra actividad análoga o complementaria necesaria para la consecución de los fines sociales y todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades; E) Todas las actividades análogas o complementarias de carácter comercial relacionadas con el giro y toda otra actividad que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 22 de febrero de 2021, Repertorio N° 3.472-2021, otorgada ante mí, David Andrés Gómez Gálvez y Nicolás Alejandro Gómez Gálvez, en su calidad de únicos socios de PRODUCCIÓN DE EVENTOS G2 LIMITADA, modificaron el objeto de la sociedad. En consecuencia, se reemplazó el actual artículo tercero de los estatutos sociales, quedando como a continuación se expresa: “ARTÍCULO TERCERO: Objeto. El objeto de la sociedad será: : A) El desarrollo y ejecución por cuenta propia y ajena de toda clase de eventos, ya sean infantiles, artísticos, corporativos, publicitarios, entre otros, así como también toda actividad que tenga relación con la producción de dichos eventos, especialmente aquellos que contemplen servicios audiovisuales; B) La asesoría, consultoría y capacitación en cualquiera de las materias y rubros indicados precedentemente; C) La producción, elaboración, importación, exportación y comercialización, en el país o en el extranjero, de complementos dietéticos y nutritivos, preparaciones de vitaminas, complementos alimenticios a base de proteínas y en general de toda clase de suplementos alimenticios destinados al consumo humano; D) La realización de toda actividad comercial, pudiendo comprar, vender, arrendar, subarrendar, importar, exportar y comercializar todo tipo de bienes y ejecutar cualquier otra actividad análoga o complementaria necesaria para la consecución de los fines sociales y todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro, con dichas actividades; E) Todas las actividades análogas o complementarias de carácter comercial relacionadas con el giro y toda otra actividad que acuerden los socios.”.-Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 26 de febrero de 2021.