INVERSIONES CDSS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de febrero de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ENRIQUE PIEDRABUENA FIGUEROA, Notario Interino 12. Notaria Santiago, Teatinos 331, certifico: escritura pública hoy ante mí, comparecen, doña MARIA VALESKA BURGOS MORALES; don CRISTIAN IGNACIO SOLIS ELGUETA, ambos domiciliados en Avenida Kennedy N° 4700, oficina 902, comuna Vitacura, Región Metropolitana, y don JOSE ALCIR GUDIÑO MORILLO, domiciliado en Las Clarisas N° 20, departamento 609, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modifican estatutos de "INVERSIONES CDSS LIMITADA", fantasía “CDSS LTDA”, Rut N° 76.375.748- K, Capital $1.000.000, inscrita Registro de Comercio de Santiago, fojas 28507, número 17753 del año 2014, publicada Diario Oficial N° 40.837 el día 21 de abril de 2014, en el siguiente sentido: doña MARIA VALESKA BURGOS MORALES y a don CRISTIAN IGNACIO SOLIS ELGUETA venden, ceden y transfieren a don JOSE ALCIR GUDIÑO MORILLO, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 34% de la participación en la sociedad de cada uno de los socios cedentes. El precio de la cesión es la suma de $13.333.333, que don JOSE ALCIR GUDIÑO MORILLO paga en dinero efectivo a los cedentes. En consecuencia, serán, desde este momento, socios de la compañía doña MARIA VALESKA BURGOS MORALES y don CRISTIAN IGNACIO SOLIS ELGUETA, cada uno de ellos en un 33% de participación en el capital social y don JOSE ACIR GUDIÑO MORILLO, con un 34% de participación en el capital social. Actuales socios acuerdan modificar los estatutos sociales de la siguiente forma: UNO. Artículo SEGUNDO estatutos sociales, en el sentido que, el nombre o razón social de la Sociedad será ALIMENTOS BUGULIS LIMITADA.; DOS. Artículo QUINTO estatutos sociales, relativos a la administración de la sociedad y uso de la razón social, en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a todos los socios, conjunta o separadamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representará con las más amplias facultades, señaladas en el artículo quinto estatuto social y que se reproducen en todas sus partes por este acto. Demás estipulaciones escritura extractada. Stgo.17 de Febrero de 2021.