INGENIERIA Y SERVICIOS C&M LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2021
- Notario
- RUBEN REINOSO HERRERA
- Oficio
- 4ta Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna y provincia de Los Andes, en la Región de Valparaíso, pudiendo no obstante, por acuerdo de los socios, establecer en cualquier otro lugar del país o del extranjero, las sucursales o agencias que estimen convenientes, sin que por ello se entienda modificado el
- Duración
- 5 años, contados fecha escritura extractada, y se entenderá automáticamente renovado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare por escrito su deseo de no perseverar en la sociedad y ponerle término forma y plazo señalados escritura extractada
Objeto social
Será el desarrollo de las actividades de la ingeniería, construcción, metalmecánica y servicios, en todas sus especialidades. Nombre y
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a un administrador general quedando designado en este acto, siendo ésta doña VALERIA KARINA MUÑOZ SALAZAR, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos cincuenta y tres mil trescientos noventa y tres guión uno, quien ejercerá la representación de la Sociedad ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, administrará y dirigirá los negocios sociales, para lo cual podrá ejecutar o celebrar cualquier acto o contrato que tenga relación con el objeto de la Sociedad, con amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular, 4ta Notaría de La Serena, Cordovez 405, certifica: Por escritura pública, 22/02/2021 ante su Suplente Gonzalo Oñate Miranda; LUIS ADOLFO CASTILLO GUTIERREZ, domiciliado en calle Alberto Arenas N°3347, Villa El Milagro, ciudad de La Serena; y don NICOLAS IGNACIO NAVARRETE MUÑOZ, domiciliado en Demetrio Reygadas N°3930, comuna de Coquimbo, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes: Objeto: Será el desarrollo de las actividades de la ingeniería, construcción, metalmecánica y servicios, en todas sus especialidades. Nombre y Razón Social: INGENIERIA Y SERVICIOS C&M LIMITADA, sin embargo, podrá funcionar y actuar en todo, inclusive con instituciones bancarias y financieras y de cualquier otra índole, con el nombre de “C&M LTDA.” Domicilio: Comuna y provincia de Los Andes, en la Región de Valparaíso, pudiendo no obstante, por acuerdo de los socios, establecer en cualquier otro lugar del país o del extranjero, las sucursales o agencias que estimen convenientes, sin que por ello se entienda modificado el domicilio social.- Capital: $5.000.000, aportados en las siguientes condiciones: a) Don LUIS ADOLFO CASTILLO GUTIERREZ, la suma de $2.500.000, enterados acto escritura extractada, al contado y en dinero efectivo, quedando ingresado en la caja social; b) Don NICOLAS IGNACIO NAVARRETE MUÑOZ, la suma de $2.500.000, enterados acto escritura extractada, al contado y en dinero efectivo, quedando ingresado en la caja social. Administración y uso de la Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a un administrador general quedando designado en este acto, siendo ésta doña VALERIA KARINA MUÑOZ SALAZAR, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos cincuenta y tres mil trescientos noventa y tres guión uno, quien ejercerá la representación de la Sociedad ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, administrará y dirigirá los negocios sociales, para lo cual podrá ejecutar o celebrar cualquier acto o contrato que tenga relación con el objeto de la Sociedad, con amplias facultades de administración y disposición. Duración: 5 años, contados fecha escritura extractada, y se entenderá automáticamente renovado por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare por escrito su deseo de no perseverar en la sociedad y ponerle término forma y plazo señalados escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena,26 de Febrero de 2021.