CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL GRAFITO LIMITADA

CVE 1903991
Fecha instrumento
22 de febrero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de febrero de 2021
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Santiago, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 22 de febrero de 2021, otorgada ante mí, don HERNAN ALFREDO ITURRIETA SANCHEZ, Anibal Pinto ochocientos dieciocho, comuna de La Pintana, Región Metropolitana; y don CRISTIAN EDUARDO VILLANUEVA CONTRERAS, Diego de Almagro mil cuatrocientos quince, comuna de Atacama, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social de la sociedad será: “COMERCIAL GRAFITO LIMITADA”. Nombre fantasía de “GRAFITO LTDA.”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, agencias, sucursales, representaciones y domicilios especiales que la sociedad pueda establecer o abrir, en Chile o en el extranjero.- El objeto de la sociedad será: La importación, exportación, representación, distribución y comercialización de toda clase de prenda de vestir, ropa de vestir, ropa interior, artículos para regalos y bienes de consumo, y en general, toda otra actividad que los socios de común de acuerdo determinen, esté o no relacionada con el giro principal.- La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don HERNAN ALFREDO ITURRIETA SANCHEZ, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades. El capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, aportados e ingresados por los socios de la siguiente manera: a) don HERNAN ALFREDO ITURRIETA SANCHEZ, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, y en este acto aporta quinientos mil pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, y el saldo de un millón de pesos a enterar en el plazo de dos años a contar de hoy, equivalentes al cincuenta por ciento; y b) don CRISTIAN EDUARDO VILLANUEVA CONTRERAS, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, y en este acto aporta quinientos mil pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, y el saldo de un millón de pesos a enterar en el plazo de dos años a contar de hoy, equivalentes al cincuenta por ciento.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años. Se entenderá prorrogado el plazo de duración en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en la forma que se indica pacto que se extracta.- Santiago, 24 de febrero de 2021.