Transportes Chilextremo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2021
- Repertorio
- 3964-2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $13.635.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
transporte terrestre de carga, fletes y)o pasajeros, en cualquier parte del territorio de la República como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículo sea propio o ajeno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ignacio San Martín Schröder, Notario Público Suplente de la 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de febrero de 2021, Repertorio Nº 3964-2021, otorgada ante mí, don Maximiliano Ignacio Barros Pérez, chileno, soltero, instructor de snowboard y guía de montaña, cédula nacional de identidad Nº 15.378.769-7, domiciliado en Cardonal Alto, Kilómetro 15, comuna de Pelluhue, Región del Maule, y don Francisco Javier Dargenio Frías, chileno, casado, publicista, cédula nacional de identidad Nº 15.383.431-8, domiciliado en Avenida España Nº 721, departamento 302A, comuna de Curicó, Región del Maule, resolvieron transformar en sociedad por acciones la sociedad “Transportes Chilextremo Limitada”, inscrita a fojas 9925, número 6432, en el Registro de Comercio de Santiago del año 2009. La Sociedad por Acciones se regirá por los estatutos sociales que a continuación se extractan. Nombre: “Transportes Chilextremo SpA”. Objeto: transporte terrestre de carga, fletes y/o pasajeros, en cualquier parte del territorio de la República como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de vehículo sea propio o ajeno. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $13.635.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, pagadas en dinero efectivo y con anterioridad a este acto. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de febrero de 2021.-