INMOBILIARIA SANTA MARÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $256.752.912 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencia, oficinas o sucursales, en otros puntos del país o en el extranjero. D)
- Duración
- 10 años a contar de fecha de constitución de sociedad, prorrogable en la forma señalada en escritura extractada
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
Corresponderá a don Pablo José Larraín Campbell y a don Daniel José Larraín Campbell quienes actuarán indistinta y separadamente, con las facultades señaladas en escritura extracta. F)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2020, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, la sociedad INVERSIONES BEPA LIMITADA y la sociedad INVERSIONES DEL LAGO LIMITADA, debidamente representadas, ambas domiciliadas en Avenida Bicentenario 3.883, oficina 402, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, acordaron dividir la sociedad “LARRAÍN INMOBILIARIA LIMITADA”, inscrita a fojas 9.297, Nº 7.485, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1999, en cuatro nuevas sociedades de responsabilidad limitada, aprobando, entre otros, los estatutos de INMOBILIARIA SANTA MARÍA LIMITADA, que nace producto dicha división, de los que se extracta lo siguiente: A) Socios: INVERSIONES BEPA LIMITADA e INVERSIONES DEL LAGO LIMITADA, ambas domiciliadas en Avenida Bicentenario 3.883, oficina 402, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago. B) Razón Social: “INMOBILIARIA SANTA MARÍA LIMITADA”, pudiendo usar expresión abreviada de “INMOBILIARIA SANTA MARÍA LTDA”. C) Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencia, oficinas o sucursales, en otros puntos del país o en el extranjero. D) Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, loteo, urbanización, corretaje a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. En especial, será objeto de la sociedad la administración de los bienes, muebles o inmuebles que formen parte de su activo, estableciendo para la correcta administración de ellos la regulación correspondiente; y, Tres) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. D) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $256.752.912.- que ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: Uno) INVERSIONES BEPA LIMITADA, aporta la suma de $128.376.456.-, equivalentes al 50% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha; y, Dos) INVERSIONES DEL LAGO LIMITADA, aporta la suma de $128.376.456.-, equivalentes al 50% de los derechos sociales y el capital social, íntegramente pagada con anterioridad a esta fecha. E) Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá a don Pablo José Larraín Campbell y a don Daniel José Larraín Campbell quienes actuarán indistinta y separadamente, con las facultades señaladas en escritura extracta. F) Duración: 10 años a contar de fecha de constitución de sociedad, prorrogable en la forma señalada en escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada hasta monto aportes. Santiago, 24 de febrero de 2021.