MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GESTIÓN VIAL LIMITADA

RUT 77006360-4 CVE 1903500
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
8 de abril de 2015
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de abril de 2015
Notario
NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ
Oficio
37ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público Titular de la 37ª Notaría de Santiago, Huérfanos 1117, oficina 1014, certifica: por escritura pública hoy, ante mí; CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA, HORACIO LUIS MEDINA OSSA y FRANCISCA VALENTINA MEDINA ABARCA, todos domiciliados en Camino Padre Hurtado km 26,5 comuna de Paine, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de la sociedad modifican sociedad “GESTIÓN VIAL LIMITADA”, inscrita a fojas 9.898 Nº 7.767 del Registro Comercio Santiago año 1997, en sentido que FRANCISCA VALENTINA MEDINA ABARCA debidamente autorizada por socios CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA y HORACIO LUIS MEDINA OSSA, vende, cede y transfiere a CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA, el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 0.5% capital social, precio cesión $5.000.000 que se paga en este acto y en efectivo al cedente quien declara recibirlo a su entera satisfacción. En virtud cesión derechos sociales quedan como únicos socios de “GESTIÓN VIAL LIMITADA”, don HORACIO LUIS MEDINA OSSA, como titular del 89,5% de los derechos sociales equivalentes al 89,5% del capital social y don don CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA como titular del 10,5% de los derechos sociales equivalentes al 10,5% del capital social. Asimismo, modifican cláusula séptima del pacto de modificación social, de fecha 8 de Abril de 2015, en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita a fs. 31.707 Nº 18.760 en el Registro de Comercio correspondiente al año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. en el sentido de ampliar las limitaciones en la administración social ahí mencionadas, de la siguiente manera: “SEPTIMO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá en forma separada a los socios don CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA y don HORACIO LUIS MEDINA OSSA, quienes actuando en la forma indicada y anteponiendo a la razón social su firma podrán ejercer todas las facultades de administración contempladas en la cláusula séptima del pacto de modificación social otorgada por escritura pública de fecha 8 de Abril de 2015, en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola que se dan por expresamente reproducidas en este acto. Asimismo, los socios don CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA Y don HORACIO LUIS MEDINA OSSA deberán actuar en forma conjunta para ejercer las facultades de que dan cuenta las limitaciones también expresadas en dicha cláusula contractual, agregado en este acto a estas limitaciones expresamente la siguiente: deberán actuar conjuntamente los socios don CLAUDIO ANDRÉS TOLEDO PARRA Y don HORACIO LUIS MEDINA OSSA para constituir a la sociedad que representan, y que por este acto se modifica, en avalista y/o fiadora solidaria o subsidiaria de obligaciones contraídas por terceros.” Socios acuerdan mantener plena vigencia texto social originario y modificación posterior de ocho de abril de 2015 referida, en todo lo no modificado. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2021.-