Instrumento
- Fecha
- 23 de febrero de 2021
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $150.000.000 CLP
- Domicilio
- será la ciudad de Temuco, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero según lo determinen los accionistas de la sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
será: a) Explotación agrícola de predios o inmuebles propios y)o recibidos en arrendamiento, en la producción de productos de la agricultura; b) La compra y venta de toda clase de inmuebles agrícola y no agrícola, compraventa de acciones de sociedades, derechos en sociedad de personas o de capital, comunidades, bonos, debentures y en general toda clase de títulos de crédito o inversión, sean estos de oferta pública o privada; c) Dar en arrendamiento a terceros los inmuebles que sean de propiedad de la sociedad; d) La realización de toda actividad relacionadas directa o indirectamente con las anteriores, y que los socios acuerden, lo que se presumirá por el solo hecho de su realización
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha diecisiete de Febrero de dos mil veintiuno, ante mí, doña PATRICIA MARIONE CONUS SANCHEZ, quien declara ser chilena, ingeniera Civil Industrial, casada bajo el régimen de separación total de bienes, cédula nacional de identidad número dieciocho millones trescientos treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y dos guion cinco, domiciliada en calle Aragón número ochenta y cinco departamento doscientos uno Torre Teruel de la ciudad de Temuco, y doña INES MAKARENA CONUS SANCHEZ, quien declara ser chilena, estudiante Universitaria, soltera, cedula de identidad numero dieciocho millones novecientos un mil seiscientos treinta y tres guion seis, domiciliada en calle Las Quilas numero mil setecientos setenta y uno, departamento cuatrocientos ocho, edificio Malleco de la ciudad de Temuco. Constituyeron Sociedad por Acciones. NOMBRE SOCIAL: será AGRICOLA E INMOBILIARIA SAN PEDRO SpA, pudiendo también actuar ante terceros en todo tipo de actos y contratos indistintamente con el nombre: AGRICOLA SAN PEDRO SpA. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a doña PATRICIA MARIONE CONUS SANCHEZ. Facultades en escritura extractada. CAPITAL: es la suma de $150.000.000.-, dividido en Trescientas acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: Uno) doña PATRICIA MARIONE CONUS SANCHEZ, suscribe Ciento cincuenta acciones, en la suma de Setenta y cinco Millones de pesos, que enteran mediante la entrega de la suma referida en dinero efectivo, en este acto e ingresado a la caja social; y Dos) doña INES MAKARENA CONUS SANCHEZ, suscribe Ciento cincuenta acciones, en la suma de Setenta y cinco Millones de pesos, que enteran mediante la entrega de la suma referida en dinero efectivo, en acto escritura e ingresado a la caja social. De esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada. OBJETO: será: a) Explotación agrícola de predios o inmuebles propios y/o recibidos en arrendamiento, en la producción de productos de la agricultura; b) La compra y venta de toda clase de inmuebles agrícola y no agrícola, compraventa de acciones de sociedades, derechos en sociedad de personas o de capital, comunidades, bonos, debentures y en general toda clase de títulos de crédito o inversión, sean estos de oferta pública o privada; c) Dar en arrendamiento a terceros los inmuebles que sean de propiedad de la sociedad; d) La realización de toda actividad relacionadas directa o indirectamente con las anteriores, y que los socios acuerden, lo que se presumirá por el solo hecho de su realización. DURACION: será indefinida. DOMICILIO: será la ciudad de Temuco, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero según lo determinen los accionistas de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 23 de Febrero de 2021.-