Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2021
- Repertorio
- 1284/2021
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N°18.046.
Objeto social
El objeto de la sociedad será el rubro inmobiliario y construcción, pudiendo adquirir, vender, arrendar, dividir, administrar o explotar, bajo cualquier forma de contratación, bienes raíces urbanos y rurales, por cuenta propia o de terceros, construir o encargar la construcción de edificios, viviendas u otras obras en los inmuebles, y vender todo o parte de ellos a terceros, enajenarlos, arrendarlos o ceder su uso y goce a cualquier título, venta de materiales directa o indirectamente asociados a la construcción; elaborar y modificar proyectos habitacionales; realizar la inspección técnica de obras de construcción; administrar contratos de obra; prestar servicios de asistencia técnica, jurídica y social en el marco de los programas de vivienda gestionados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de acuerdo a los reglamentos que ese Ministerio establezca para tal efecto; gestionar la recepción de obras de construcción ante los Serviu Regionales y ante las Direcciones de Obras Municipales; gestionar la inscripción de las viviendas ante los conservadores de bienes raíces y toda actividad relacionada directa o indirectamente con el giro inmobiliario y construcción. Administración La sociedad será dirigida y administrada por un Directorio compuesto de tres miembros elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, que representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades previstas en artículo 40 de la Ley N°18.046.-El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, dividido en mil acciones de una misma y única serie, sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones de pleno derecho del capital y valor de las acciones que se produzcan de conformidad con la ley. El capital se encuentra íntegramente suscrito y se pagará en el plazo de un año a contar de la fecha de la escritura de constitución
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| M S.A | socio | 76574805-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Paseo Ahumada número trescientos cuarenta y uno, cuarto piso, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública ante mi, de fecha 22 de febrero del 2021, repertorio N°1284/2021, los señores JERKO STAMBUK RUIUZ cédula nacional de identidad N° 8.822.069-2 y EDUARDO RODRIGO MARTÍNEZ LYON, cédula nacional de identidad N°9.823.874-3 , ambos en nombre y representación de la sociedad Grupo 2M S.A., RUT 76.574.805-4, todos con domicilio en La Serena, calle Matta N° 221, constituyen Sociedad por Acciones. Denominación Social: 2M Constructora SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será el rubro inmobiliario y construcción, pudiendo adquirir, vender, arrendar, dividir, administrar o explotar, bajo cualquier forma de contratación, bienes raíces urbanos y rurales, por cuenta propia o de terceros, construir o encargar la construcción de edificios, viviendas u otras obras en los inmuebles, y vender todo o parte de ellos a terceros, enajenarlos, arrendarlos o ceder su uso y goce a cualquier título, venta de materiales directa o indirectamente asociados a la construcción; elaborar y modificar proyectos habitacionales; realizar la inspección técnica de obras de construcción; administrar contratos de obra; prestar servicios de asistencia técnica, jurídica y social en el marco de los programas de vivienda gestionados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de acuerdo a los reglamentos que ese Ministerio establezca para tal efecto; gestionar la recepción de obras de construcción ante los Serviu Regionales y ante las Direcciones de Obras Municipales; gestionar la inscripción de las viviendas ante los conservadores de bienes raíces y toda actividad relacionada directa o indirectamente con el giro inmobiliario y construcción. Administración La sociedad será dirigida y administrada por un Directorio compuesto de tres miembros elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, que representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades previstas en artículo 40 de la Ley N°18.046.-El capital de la sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, dividido en mil acciones de una misma y única serie, sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones de pleno derecho del capital y valor de las acciones que se produzcan de conformidad con la ley. El capital se encuentra íntegramente suscrito y se pagará en el plazo de un año a contar de la fecha de la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de febrero de 2021.