SOCIEDAD DE PINTURA Y DESABOLLADURA AUTOMOTRIZ ACHONDO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de febrero de 2021
- Repertorio
- 1419-2021
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la 10° Notaría de Santiago doña VALERIA RONCHERA FLORES
- Comuna
- Santiago doña VALERIA RONCHERA FLORES
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la 10° Notaría de Santiago doña VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en calle Agustinas 1235, Piso 2, Santiago, certifico: Por escritura pública fecha 16 de Febrero de 2021, Repertorio N°1.419-2021, otorgada ante mí, María del Pilar Mandiola Serrano, domiciliada en Blanca Nieves N° 991, Las Condes; Rafael Achondo Mandiola, domiciliado en Alcántara N° 1136, departamento 212, Las Condes; Eugenio Achondo Mandiola, domiciliado en Blanca Nieves N° 991, Las Condes; Gonzalo Achondo Mandiola, domiciliado en Hernando de Magallanes N° 1969, departamento 808, Las Condes; Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A., y Automotriz Daniel Achondo S.A., ambas domiciliadas en Francisco Bilbao N° 4540, La Reina, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD DE PINTURA Y DESABOLLADURA AUTOMOTRIZ ACHONDO LIMITADA”, constituida por escritura fecha 11 de diciembre del año 1996, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, cuyo extracto se inscribió a fojas 137 N° 109 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1997, la cual fue rectificada por extracto inscrito a fojas 2371 N° 1892 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1997. Los actuales y únicos socios de la Sociedad acuerdan y consienten en las siguientes cesiones de derechos: (a) Eugenio Achondo Mandiola cede vende, y transfiere totalidad de los derechos sociales que le corresponden, equivalentes al 7% de los derechos y capital social totales, a “Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A.”, quien los compra, adquiere y acepta para sí; (b) Gonzalo Achondo Mandiola cede vende, y transfiere totalidad de los derechos sociales que le corresponden, equivalentes al 7% de los derechos y capital social totales, a “Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A.”, quien los compra, adquiere y acepta para sí; (c) Rafael Achondo Mandiola cede, vende, y transfiere totalidad de los derechos sociales que le corresponden, equivalentes al 7% de los derechos y capital social totales, a “Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A.”, quien los compra, adquiere y acepta para sí; (d) María del Pilar Mandiola Serrano cede, vende, y transfiere el 13% de los derechos y capital social totales, a “Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A.”, quien los compra, adquiere y acepta para sí; y (e) María del Pilar Mandiola Serrano cede, vende, y transfiere el 1% de los derechos y capital social totales a Automotriz Daniel Achondo S.A., quien los compra, adquiere y acepta para sí. Precios y forma pago cesiones constan en escritura extractada. Como consecuencia de las cesiones de derechos precedentes, la Sociedad queda, en consecuencia, formada por: a) “Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A.” con un 99% de los derechos y capital social; y b) “Automotriz Daniel Achondo S.A.” con un 1% de los derechos y capital social. En consecuencia, los comparecientes Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A. y Automotriz Daniel Achondo S.A., en su calidad de actuales y únicos socios de “Sociedad de Pintura y Desabolladura Automotriz Achondo Limitada” acuerdan introducir en los estatutos sociales las siguientes modificaciones: Uno.- A fin de reflejar en los estatutos de la Sociedad, la cesión de derechos que consta en este instrumento, los únicos, actuales y exclusivos socios de la Sociedad acuerdan sustituir la cláusula Quinta de los estatutos sociales relativa al capital por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de Veintiún millones quinientos mil pesos, cantidad que los socios han aportado a la sociedad, en la siguiente forma y proporción: (a) Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A. ha aportado la cantidad de Veinte millones setecientos noventa mil pesos, equivalente a un noventa y nueve por ciento de los derechos y capital social, que se encuentra enterado y pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad en la caja social; y (b) Automotriz Daniel Achondo S.A. ha aportado la cantidad de Doscientos diez mil pesos, equivalente a un uno por ciento de los derechos y capital social, que se encuentra enterado y pagado al contado y en dinero efectivo con anterioridad en la caja social.”. Dos.- Asimismo, vienen en modificar la cláusula Séptima del pacto social, referente al uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad, en el sentido que esta corresponderá exclusivamente a “Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A.” con las facultades indicadas en la misma cláusula, las que se dan por expresamente reproducidas. La “Sociedad Automóviles Daniel Achondo S.A.” ejercerá la administración por medio de los mandatarios que al efecto designe por escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de Febrero de 2021.