OFICINA JULIO ZEGERS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2020
- Notario
- Juan Cristián Berríos Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Administración
Se acuerda modificar la administración y uso de la razón social de la Sociedad en el sentido que ellos correspondan de manera individual e indistintamente a Francisco José Zegers De Landa y Francisco Zegers Chacón, con las mas amplias facultades de administración y disposición de bienes, las que se señalan de forma meramente enunciativa en la escritura extractada. 7) Se modifica el artículo Cuarto de los estatutos sociales referentes a la administración de la Sociedad en el sentido indicado en el numeral 5) anterior. En todo lo no modificado los estatutos de la Sociedad se mantienen inalterados, en particular, en lo relativo a que la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristián Berríos Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor Luis Ignacio Manquehual Mery, con oficio en Huérfanos N° 941, local 302, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2020, ante mí, Gerardo Del Sagrado Corazón Zegers De Landa, domiciliado en Rucamanqui N° 1309, casa A, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, Francisco José Zegers De Landa y Francisco Zegers Chacón, ambos domiciliados en Orrego Luco N° 11, oficina 21, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana; en su calidad de actuales y únicos socios de OFICINA JULIO ZEGERS Y COMPAÑÍA LIMITADA (en adelante, indistintamente, la “Sociedad”), inscrita a fs. 5844 N° 3087 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1978, acordaron lo siguiente: 1) Saneamiento: Conforme a la Ley N° 19.499, se acuerda sanear los vicios formales incurridos en la modificación de la sociedad, acordada por escritura pública de fecha 09 de agosto de 2013 otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, consistente en la no inscripción del extracto de la citada escritura pública de modificación en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago dentro del plazo legal. Un extracto de la referida escritura fue publicado en el Diario Oficial de fecha 31 de agosto de 2013. 2) Cesiones de derechos: Gerardo del Sagrado Corazón Zegers De Landa, vende, cede y transfiere a Francisco Zegers Chacón, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al 0,1% de los derechos en los que se encuentra dividido el capital social. 3) Salida de Socios e ingreso de nueva socia: En virtud de la cesión de derechos sociales contenidas en la escritura extractada, Gerardo del Sagrado Corazón Zegers De Landa deja de ser socio de la Sociedad con la expresa aceptación de los restantes socios. Por su parte, ingresa como nuevo socio de la Sociedad, Francisco Zegers Chacón, con la expresa aceptación de los restantes socios. 4) Aumento de Capital: Se acuerda aumentar el capital social de $8.000.000 a $13.320.000. 5) Se acuerda modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales referente al capital: $13.320.000 que los socios han íntegramente suscrito y pagado de la siguiente manera: i) Francisco José Zegers De Landa, con una participación del 60% del interés social, equivalentes a $7.992.000, enterados y pagados con anterioridad a esta fecha; y ii) Francisco Zegers Chacón, con una participación del 40% del interés social, equivalentes a $5.328.000, enterados y pagados con anterioridad a esta fecha. 6) Modificación de la administración: Se acuerda modificar la administración y uso de la razón social de la Sociedad en el sentido que ellos correspondan de manera individual e indistintamente a Francisco José Zegers De Landa y Francisco Zegers Chacón, con las mas amplias facultades de administración y disposición de bienes, las que se señalan de forma meramente enunciativa en la escritura extractada. 7) Se modifica el artículo Cuarto de los estatutos sociales referentes a la administración de la Sociedad en el sentido indicado en el numeral 5) anterior. En todo lo no modificado los estatutos de la Sociedad se mantienen inalterados, en particular, en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de enero de 2021.