MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Istec Innova SpA

RUT 77926760-1 CVE 1902698
Fecha instrumento
28 de enero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de enero de 2021
Repertorio
407-2021
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
Décimo Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifico: Por escritura pública Repertorio Nº 407-2021, suscrita el 28 de Enero de 2021, ante mí, señores: don CRISTIAN ANDRÉS FIGUEROA LLAMBIAS, chileno, soltero, ingeniero, C. de I. N° 9.163.105-9, y doña MARÍA SOLEDAD LLAMBIAS PARTAL, chilena, soltera, analista de sistemas, Cédula de Identidad N° 5.696.060-0, ambos domiciliados en Santa Magdalena N° 67, Local 5, comuna de Providencia, Región Metropolitana; complementan sociedad ISTEC INNOVA SERVICE TECNOLOGIA SpA, también conocida con el nombre de fantasía ISTEC INNOVA SpA ó MEDICALTEL SpA, constituida por escritura de cesión de derechos y transformación con fecha 31 de Enero de 2020, ante el Notario de Santiago don R. Alfredo Martín Illanes, repertorio N° 461-2020, inscrita a fojas 12.733, Número 6.590, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020; y publicada en el D.O. N° 42.585, de fecha 21 de febrero de 2020.- Modificación actual consiste en complementar en la cláusula quinta de la referida escritura, específicamente en el ARTICULO OCTAVO del TITULO TERCERO: De la administración, faltó incluir la forma por la que podrían ser designados el o los administradores; por lo que vienen en complementar el ARTICULO OCTAVO del TITULO TERCERO, agregando al final de dicho artículo el siguiente párrafo: “Los administradores, los cuales pueden ser o no accionistas, deben ser elegidos por la Junta de Accionistas, no obstante lo indicado, los administradores individualizados en el ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO mantendrán sus funciones hasta que no sea elegido otro u otros administradores en Junta Ordinaria de Accionistas. El o los Administradores podrán ser reelegidos indefinidamente en sus funciones y serán remunerados, la cuantía de las remuneraciones será fijada o ratificada anualmente por la Junta Ordinaria de Accionistas o de común acuerdo entre las partes. Si por cualquier causa, no se celebrare en la época establecida, la Junta Ordinaria de Accionistas llamada a hacer la elección de los Administradores, se entenderán prorrogadas las funciones de los que hubieren sido nombrados en el articulado transitorio, hasta que se les nombre reemplazante”.- En todo lo no modificado, los socios ratifican el pacto social.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 24 de Febrero de 2021.-