CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES E INMOBILIARIA CEZA SpA

CVE 1902808
Capital
$49.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de febrero de 2021
Notaría
Los Ángeles
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de febrero de 2021
Notario
PABLO ANDRES GANDARA RIVEROS
Oficio
Segunda Notaria de Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles

Sociedad

Capital
$49.000.000 CLP
Domicilio
Los Ángeles
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

Cesar Pimentel Portocarrero y Zaida Inés Preciado Granja, se designan como primeros presidentes del directorio y gerentes de la sociedad, quienes tendrán las siguientes facultades y atribuciones en forma conjunta: UNO.- Aceptar y constituir hipotecas y prendas, cualquiera fuere su naturaleza, sin desplazamiento, de compraventa de cosa mueble a plazo, civiles, industriales, etcétera, pudiendo tanto en prendas como en hipotecas convenir en cláusula de garantía general si fuere procedente o necesario y otorgar y suscribir los contratos necesarios para perfeccionarlos; y aceptar fianza y fianzas solidarias.- Podrán asimismo, subrogar a la sociedad en los derechos de los acreedores a quienes se hayan pagado obligaciones indirectas de la sociedad; DOS.- Comprar, vender, enajenar, dar en arrendamiento, bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, quedando desde luego habilitado para pactar precios y formas de pago, convenir en novación de los saldos u otras formas de extinguirlos, convenir en la entrega diferida, renunciar la acción resolutoria, fijar cabida y deslindes, solicitar y obtener saneamientos de títulos de dominio, refundir títulos y rescindir o anular contratos que otorgue y ejercer todas las acciones necesarias para obtener su cumplimiento o su resolución cuando sea del caso; TRES.- Alzar, cancelar y en general liberar toda garantía que se hubiere constituido en favor de la sociedad, prorrogarla o posponerla; CUATRO.- En general, celebrar toda clase de contratos nominales o innominados, como por ejemplo, de transporte, de seguros, de depósitos y de consignación, de transacción, de arrendamiento, avíos, igualas, de comisión, mandatos, de transporte marítimo, de explotación, compraventa de leasing, de factoring, etcétera, sin limitación y sea que actúe como parte activa o pasiva. Obtener y constituir toda clase de servidumbres y constituirlas o aceptarlas o renunciarlas, cederlas o transferirlas; SEIS.- Poner término a toda clase de contratos, rescindirlos, resciliarlos, anularlos, desahuciarlos, modificarlos o ponerles término por cualquier causa que convenga a los intereses de la sociedad; SIETE.- Obligar a la sociedad como avalista, fiadora y codeudora solidaria o pactar cláusulas penales por obligaciones de los socios o de terceros; ceder, vender o enajenar, hipotecar, gravar, dar en usufructo o habitación o en cualquier forma los bienes raíces sociales; convenir prohibiciones voluntarias de gravar y enajenar sobre bienes muebles o inmuebles de la sociedad; OCHO: En general, podrá celebrar todos los actos y todos los contratos que estimen del caso para una adecuada protección de los intereses de la sociedad aún aquellos que requieren de mención expresa, sin que exista a este respecto limitación de ninguna especie con la facultad especial de autocontratar.- NUEVE: Suscribir, aceptar, reaceptar, girar, renovar, prorrogar, avalar, revalidar, descontar, descontar a la orden, protestar, endosar en dominio, en cobranza o en garantía y en cualquier otra forma, cancelar; descontar documentos negociables; endosar pagarés a la orden en garantía; endosar letras de cambio en garantía; endosar documentos negociables en garantía; endosar pagarés a la orden en dominio; endosar letras de cambio en dominio; endosar documentos negociables en dominio; endosar pagarés a la orden en cobranza; endosar letras de cambio en cobranza; y, en general, ejecutar toda clase de actos con cheques, pagarés, letras de cambio y títulos de crédito o efectos de comercio incluyendo los que se emiten o circulan en el llamado mercado de capitales.- DIEZ: Contratar créditos en cuentas corrientes; créditos contraaceptación de instrumentos, avances, contratar préstamos con letras, préstamos con pagarés, mutuos y en general, contraer obligaciones crediticias por la sociedad.- ONCE: Cobrar y percibir cuanto se adeude a la sociedad y otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones y alzar y posponer las garantías que se hayan constituido en favor de la sociedad y liberar y otorgar fianzas y obligaciones solidarias; constituir a la sociedad en codeudora solidaria por obligaciones de los socios o de terceros; Para las demás funciones Cesar Pimentel Portocarrero o Zaida Inés Preciado Granja, indistintamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ANDRES GANDARA RIVEROS, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaria de Los Ángeles, domicilio calle Lautaro Nº 371, de esta ciudad, Certifico que hoy ante mí, compareció, don CESAR PIMENTEL PORTOCARRERO, ecuatoriano, cédula extranjeros catorce millones seiscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos ochenta guión ocho, casado y separado totalmente de bienes, médico, Los Maitenes, sitio cuarenta y tres, Los Ángeles, doña ZAIDA INÉS PRECIADO GRANJA, ecuatoriana, cédula extranjeros catorce millones seiscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y uno guión seis, casada y separada totalmente de bienes, médico, Los Maitenes, sitio cuarenta y tres, Los Ángeles, y don ALVARO ALEJANDRO PIMENTEL PRECIADO, chileno, cédula de identidad veinte millones ciento sesenta y dos mil cinco guión ocho, soltero, estudiante, Los Maitenes, cuarenta y tres, comuna de Los Ángeles, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: "INVERSIONES E INMOBILIARIA CEZA SpA”, nombre de fantasía CEZA SpA.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: A) Inversiones de cualquier tipo, en valores, o instrumentos financieros, inmuebles, o cualquier tipo de inversión que los socios acuerden.- B) Compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, comodatos y en general cualquier acto de disposición sobre inmuebles de cualquier tipo.- C) Construcción y transformación de inmuebles.- D) Importación y exportación de implementos o suplementos médicos.- E) En general toda actividad relacionada, semejante o complementaria de las anteriormente señaladas o cualquiera otra que los socios acuerden, la inversión de lo obtenido y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores.- Administración: Cesar Pimentel Portocarrero y Zaida Inés Preciado Granja, se designan como primeros presidentes del directorio y gerentes de la sociedad, quienes tendrán las siguientes facultades y atribuciones en forma conjunta: UNO.- Aceptar y constituir hipotecas y prendas, cualquiera fuere su naturaleza, sin desplazamiento, de compraventa de cosa mueble a plazo, civiles, industriales, etcétera, pudiendo tanto en prendas como en hipotecas convenir en cláusula de garantía general si fuere procedente o necesario y otorgar y suscribir los contratos necesarios para perfeccionarlos; y aceptar fianza y fianzas solidarias.- Podrán asimismo, subrogar a la sociedad en los derechos de los acreedores a quienes se hayan pagado obligaciones indirectas de la sociedad; DOS.- Comprar, vender, enajenar, dar en arrendamiento, bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, quedando desde luego habilitado para pactar precios y formas de pago, convenir en novación de los saldos u otras formas de extinguirlos, convenir en la entrega diferida, renunciar la acción resolutoria, fijar cabida y deslindes, solicitar y obtener saneamientos de títulos de dominio, refundir títulos y rescindir o anular contratos que otorgue y ejercer todas las acciones necesarias para obtener su cumplimiento o su resolución cuando sea del caso; TRES.- Alzar, cancelar y en general liberar toda garantía que se hubiere constituido en favor de la sociedad, prorrogarla o posponerla; CUATRO.- En general, celebrar toda clase de contratos nominales o innominados, como por ejemplo, de transporte, de seguros, de depósitos y de consignación, de transacción, de arrendamiento, avíos, igualas, de comisión, mandatos, de transporte marítimo, de explotación, compraventa de leasing, de factoring, etcétera, sin limitación y sea que actúe como parte activa o pasiva. Obtener y constituir toda clase de servidumbres y constituirlas o aceptarlas o renunciarlas, cederlas o transferirlas; SEIS.- Poner término a toda clase de contratos, rescindirlos, resciliarlos, anularlos, desahuciarlos, modificarlos o ponerles término por cualquier causa que convenga a los intereses de la sociedad; SIETE.- Obligar a la sociedad como avalista, fiadora y codeudora solidaria o pactar cláusulas penales por obligaciones de los socios o de terceros; ceder, vender o enajenar, hipotecar, gravar, dar en usufructo o habitación o en cualquier forma los bienes raíces sociales; convenir prohibiciones voluntarias de gravar y enajenar sobre bienes muebles o inmuebles de la sociedad; OCHO: En general, podrá celebrar todos los actos y todos los contratos que estimen del caso para una adecuada protección de los intereses de la sociedad aún aquellos que requieren de mención expresa, sin que exista a este respecto limitación de ninguna especie con la facultad especial de autocontratar.- NUEVE: Suscribir, aceptar, reaceptar, girar, renovar, prorrogar, avalar, revalidar, descontar, descontar a la orden, protestar, endosar en dominio, en cobranza o en garantía y en cualquier otra forma, cancelar; descontar documentos negociables; endosar pagarés a la orden en garantía; endosar letras de cambio en garantía; endosar documentos negociables en garantía; endosar pagarés a la orden en dominio; endosar letras de cambio en dominio; endosar documentos negociables en dominio; endosar pagarés a la orden en cobranza; endosar letras de cambio en cobranza; y, en general, ejecutar toda clase de actos con cheques, pagarés, letras de cambio y títulos de crédito o efectos de comercio incluyendo los que se emiten o circulan en el llamado mercado de capitales.- DIEZ: Contratar créditos en cuentas corrientes; créditos contraaceptación de instrumentos, avances, contratar préstamos con letras, préstamos con pagarés, mutuos y en general, contraer obligaciones crediticias por la sociedad.- ONCE: Cobrar y percibir cuanto se adeude a la sociedad y otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones y alzar y posponer las garantías que se hayan constituido en favor de la sociedad y liberar y otorgar fianzas y obligaciones solidarias; constituir a la sociedad en codeudora solidaria por obligaciones de los socios o de terceros; Para las demás funciones Cesar Pimentel Portocarrero o Zaida Inés Preciado Granja, indistintamente.- Capital: $49.000.000.-, dividido en 49.000 acciones de una sola serie, sin valor nominal, enteran y pagan: : A) Cesar Pimentel Portocarrero, suscribe y paga la cantidad de veinte mil acciones, nominativas y sin valor nominal, en la suma $20.000.000 contado y en dinero efectivo.- B) Doña Zaida Inés Preciado Granja, suscribe la cantidad de veinticuatro mil acciones, nominativas y sin valor nominal, en $24.000.000.-, aportando en dominio los siguientes bienes inmuebles de su propiedad: Uno A) PROPIEDAD DE CALLE LOS ÁNGELES NÚMERO OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO, QUE CORRESPONDE AL LOTE CIENTO SETENTA Y UNO DEL PLANO DE LA POBLACIÓN OROMPELLO, de la ciudad y comuna de Los Ángeles, que deslinda: NORTE, con el Lote número ciento setenta y dos; SUR, con el Lote número ciento setenta; ORIENTE, con el Lote número sesenta y uno; y PONIENTE, con calle Los Ángeles. Uno B) La propiedad fue adquirida por doña Zaida Inés Preciado Granja en virtud de contrato de compraventa celebrado por escritura pública de fecha veintiuno de Agosto del año dos mil veinte, suscrita ante notario público de la ciudad de Los Ángeles, don Pablo Andrés Gandara Riveros, con los vendedores ROBERTO DARIO ELOS BARRA, quien compareció por sí y en representación de doña MARIA ANGELICA ELOS BARRA, de doña GABRIELA ELISABETH ELOS BARRA, de doña LEONOR ROSARIO ELOS BARRA, y concurriendo doña RUTH GLADYS ELOS ESPINOZA.- Uno C) La propiedad figura inscrita a nombre de doña Zaida Inés Preciado Granja a fojas cinco mil quinientos sesenta y cinco Número cuatro mil seiscientos treinta y nueve, correspondiente al año dos mil veinte, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles.- Uno D) Para efectos del pago del impuesto territorial, la propiedad figura inscrita bajo el número ciento ochenta y ocho guión diecinueve, al día en el pago de dicho tributo.- Uno E) La propiedad ha sido evaluada de común acuerdo por los socios en la suma de doce millones pesos.- Dos A) Inmueble ubicado en calle Los Ángeles número ochocientos sesenta de ésta ciudad que corresponde al lote número trescientos ochenta y ocho del plano de la Población Oropello, segundo sector, y deslinda: Norte, con lote número trescientos ochenta y siete; Sur, con calle Francisco Rioseco; Oriente, con calle Los Ángeles; y Poniente, con lote número trescientos setenta y siete.- Dos B) La propiedad fue adquirida por doña Zaida Inés Preciado Granja en virtud de contrato de compraventa celebrado por escritura pública de fecha cinco de diciembre del año dos mil diecisiete, por escritura pública suscrita ante el otrora Notario Público don Sergio Hernández Reeve, suscrita con doña Teresa Rojas Sotomayor, don Belisario Rojas Sotomayor, doña Ana Luisa Rojas Sotomayor don Onofre Segundo Rojas Sotomayor, y doña Anita Ivonne Fritz Rojas, doña Ximena Isabel Toro Rojas.- Dos C) La propiedad figura inscrita a nombre de doña Zaida Inés Preciado Granja a fojas dos mil seiscientos ochenta y dos número dos mil ciento ochenta y tres correspondiente al año dos mil dieciocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles.- Dos D) Para efectos del pago del impuesto territorial, la propiedad figura inscrita bajo el número ciento noventa y nueve guión diecisiete, al día en el pago de dicho tributo.- Dos E) La propiedad ha sido evaluada de común acuerdo por los socios en la suma de doce millones pesos.- C) Álvaro Alejandro Pimentel Preciado, suscribe y paga la cantidad de cinco mil acciones, nominativas y sin valor nominal, en la suma de $5.000.000, ya ingresado en arcas sociales.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Los Ángeles Demás estipulaciones en escritura. Los Angeles, 05 de Febrero de 2021.-