INMOBILIA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 20 de enero de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.314.438.047 CLP
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario Suplente del Titular PEDRO RICARDO REVECO HORMAZÁBAL, de la 19ª Notaría de Santiago, Bandera 341, Oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de enero de 2021, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 5 de enero del presente, en la cual, los accionistas asistentes; Inversiones Los Maitenes S.A., Inversiones Santa Anita S.A., e Inversiones y Asesorías Santa Bernardita Limitada acordaron modificar la sociedad INMOBILIA S.A., (la “Sociedad”), constituida por escritura pública de fecha 22 de abril del 2.002, otorgada en esta misma Notaría, inscrita a fojas 10.404, número 8.622 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.002, publicada en el Diario Oficial con fecha 30 de abril de 2002, en las siguientes materias: A) Modificar la actual modalidad de división accionaria del capital social, mediante la eliminación de la serie B de acciones, de esta manera la preferencia de la serie A carecerá de sentido y se elimina también la designación de esta serie, quedando solo como serie de acciones ordinarias. Asimismo, se dejó constancia que el capital asciende a $2.314.438.047, incluida la revalorización del capital propio al 31 de diciembre del 2020. En consecuencia, se modificó el Artículo Quinto del estatuto de la Sociedad por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $2.314.438.047, dividido en 300.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscribe y paga conforme lo dispone el Artículo Primero Transitorio” y; B) Modificar otros artículos del estatuto social: Artículo Séptimo sobre la transferencia y transmisión de las acciones que se harán en conformidad a las reglas que determine el Reglamento de la Ley 18.046; Artículo Décimo, sobre el cargo de director que no será remunerado; Artículo Décimo Segundo: El directorio solo podrá ser revocado en su totalidad por la junta ordinaria o extraordinaria de accionistas; Artículo Vigésimo Segundo, sobre la convocación de las Juntas, que serán convocadas por el directorio; Artículo Vigésimo Tercero: sobre la constitución de las Juntas; Artículo Vigésimo Cuarto, sobre los requisitos para participar en las juntas; Artículo Vigésimo Quinto, sobre los acuerdos de la junta extraordinaria que impliquen reforma a los estatutos y; Artículo Tercero Transitorio, de la siguiente manera: “El capital de la sociedad es la suma de 2.314.438.047 pesos, dividido en 300.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente pagado, y el cual se suscribe de la siguiente forma: 1. INVERSIONES LOS MAITENES S.A., suscribe en este acto cien mil acciones, las cuales han sido pagadas con anterioridad a este acto, habiéndose enterado en la caja social. 2. INVERSIONES SANTA ANITA S.A. suscribe en este acto cien mil acciones, las cuales han sido pagadas con anterioridad a este acto, habiéndose enterado en la caja social. 3. INVERSIONES Y ASESORÍAS SANTA BERNARDITA LIMITADA suscribe en este acto cien mil acciones, las cuales han sido pagadas con anterioridad a este acto, habiéndose enterado en la caja social. Se deja expresa constancia que en los cálculos que se han realizado para la suscripción de las acciones por parte de los accionistas en relación al capital de la sociedad se han despreciado las fracciones más allá de las expresadas y se han hecho los redondeos a la unidad, según corresponda”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de febrero de 2021.