CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercializadora Loyola Riquelme Limitada

CVE 1902736
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de febrero de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de febrero de 2021
Notario
NANCY DEL CARMEN MUÑOZ MIÑO
Domicilio
Titular Álvaro Gonzalo Mera Correa

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Domicilio
Para todos los efectos del presente contrato las partes fijan su domicilio la cuidad de Constitución, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales.- La sociedad, por su parte, tendrá como domicilio la comuna de Constitución
Duración
La sociedad se constituye por la escritura que se extracta y tendrá una duración de 10 años a contar de esta fecha, plazo que será prorrogable en forma automática por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno

Administración

Corresponderá al Socio ALEJANDRO ENRIQUE LOYOLA VÁSQUEZ. El objeto A) realizar acciones de comercio, transporte, agricultura, forestal, construcción, extracción, explotación, industrialización de todo tipo de bienes, productos y mercaderías, arrendamiento de todo tipo de vehículos y equipos industriales o de cualquier otro tipo o clase, prestación de servicios de transporte, industriales, agrícolas y forestales, transportes de carga por carreteras, con vehículos propios o arrendados, de todo tipo de carga o mercaderías propias o ajenas; y B) Cualquier otra actividad que acordaren los socios, relacionada directa o indirectamente con lo anterior que sea conducentes a la consecución de los fines sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DEL CARMEN MUÑOZ MIÑO, Abogada, Notario Público Suplente del Titular Álvaro Gonzalo Mera Correa, para las comunas de Constitución y Empedrado, con oficio calle O´Higgins Nº499 A Constitución Certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don ALEJANDRO ENRIQUE LOYOLA VÁSQUEZ, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad y RUN número siete millones seiscientos cincuenta y cinco mil doscientos setenta y seis guion dos; doña PATRICIA EUGENIA RIQUELME MORA, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad y RUN número doce millones veintiséis mil trescientos ochenta y uno guion uno; don FELIPE ANTONIO LOYOLA RIQUELME, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad y RUN número dieciocho millones quinientos setenta y cuatro mil seiscientos noventa y cuatro guion uno; don IGNACIO ENRIQUE LOYOLA RIQUELME chileno, soltero comerciante, cédula nacional de identidad y RUN número veinte millones trescientos setenta y ocho mil trescientos noventa y ocho guion uno; todos domiciliados para estos efectos en Hijuela número uno, sector Maromillas, sin número, comuna de Constitución, CONSTITUYE Sociedad de Responsabilidad Limitada cuyo nombre o razón social será COMERCIALIZADORA LOYOLA RIQUELME LIMITADA; Nombre de fantasía “COMERCIALIZADORA L Y R LTDA.”. Administración y uso de la Razón Social: Corresponderá al Socio ALEJANDRO ENRIQUE LOYOLA VÁSQUEZ. El objeto A) realizar acciones de comercio, transporte, agricultura, forestal, construcción, extracción, explotación, industrialización de todo tipo de bienes, productos y mercaderías, arrendamiento de todo tipo de vehículos y equipos industriales o de cualquier otro tipo o clase, prestación de servicios de transporte, industriales, agrícolas y forestales, transportes de carga por carreteras, con vehículos propios o arrendados, de todo tipo de carga o mercaderías propias o ajenas; y B) Cualquier otra actividad que acordaren los socios, relacionada directa o indirectamente con lo anterior que sea conducentes a la consecución de los fines sociales. Capital Social: $30.000.000.- que se pagan y enteran en la forma que se pasa a indicar: 1) Socio Alejandro Enrique Loyola Vásquez, aporta la suma de veintiún millones de pesos ($21.000.000), que paga con 1) cinco millones de pesos, ($5.000.000) de contado y enterado en arcas sociales al momento de la constitución y 2) dieciséis millones de pesos, ($16.000.000) que serán enterados a cuenta de futuras utilidades de la sociedad en la medida que esta lo requiera en un plazo de cinco años. Los comparecientes declaran que el aporte en la forma relacionada, se hace a entera satisfacción de la sociedad en Constitución. 2) Socia PATRICIA EUGENIA RIQUELME MORA aporta la suma de tres millones de pesos ($3.000.000), que paga en este acto y en dinero efectivo, el que es enterado a la caja social. Los comparecientes declaran que el aporte en la forma relacionada, se da por íntegramente pagado, a entera satisfacción de la sociedad en Constitución. 3) Socio FELIPE ANTONIO LOYOLA RIQUELME, aporta la suma de tres millones de pesos ($3.000.000), que paga en este acto y en dinero efectivo, el que es enterado a la caja social, lo que representa un equivalente a un diez por ciento (10%) del capital social. Los comparecientes declaran que el aporte en la forma relacionada, se da por íntegramente pagado, a entera satisfacción de la sociedad en Constitución. 4) Socio IGNACIO ENRIQUE LOYOLA RIQUELME aporta la suma de tres millones de pesos ($3.000.000), que paga en este acto y en dinero efectivo, el que es enterado a la caja social, lo que representa un equivalente a un diez por ciento (10%) del capital social. Los comparecientes declaran que el aporte en la forma relacionada, se da por íntegramente pagado, a entera satisfacción de la sociedad en Constitución. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Duración y Vigencia: La sociedad se constituye por la escritura que se extracta y tendrá una duración de 10 años a contar de esta fecha, plazo que será prorrogable en forma automática por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno. Domicilio. Para todos los efectos del presente contrato las partes fijan su domicilio la cuidad de Constitución, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales.- La sociedad, por su parte, tendrá como domicilio la comuna de Constitución.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Constitución 24 de febrero 2021.