MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada

RUT 76352231-8 CVE 1902767
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2020
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2020, repertorio numero 26.917/2020, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, don José Antonio Leiva Hinojosa y doña Karin Gabriela Angerstein Hintze, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Encinas 1.392, comuna de Lampa, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “Asesorías e Inversiones Los Arrayanes Limitada”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 89.367 número 58.364 del año 2013, acordaron aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de $1.000.000 a la cantidad de $1.749.758, es decir, en la cantidad de $749.758; en consecuencia, los socios acordaron sustituir la clausula Quinta de los estatutos sociales, reemplazándola por la siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.749.758, que los socios han pagado de la siguiente forma: (i) José Antonio Leiva Hinojosa, la suma de $1.249.758, equivalente a un 71,4% del capital social, suma que enteró y pagó de la siguiente forma: /a/ con la suma de $500.000 que pagó al contado y en dinero efectivo, y /b/ con la suma de $749.758, que pagó mediante el aporte en dominio a la Sociedad de derechos sociales representativos de un treinta por ciento del capital social de Inversiones El Queule Limitada; (ii) Karin Gabriela Angerstein Hintze, la suma de $500.000, suma que se encuentra íntegramente aportada y pagada, equivalente a un 28,6% del capital social. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente pagado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago, 23 de febrero de 2021.-