Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2021
- Notario
- ALBERTO ORTEGA JIRON
- Oficio
- Primera Notaría de San Fernando
- Comuna
- San
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que los socios o accionistas manifiesten su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo periodo
- Ley aplicable
- Ley 20.190
Objeto social
el transporte por vía terrestre de todo tipo de carga, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional en vehículos que la Sociedad disponga a cualquier título, así como la prestación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sea en las actividades agrícolas, forestales, de la construcción, de comercio, industriales, y en general, de todo aquel que los socios acuerden sin limitación alguna. CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000.-, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión
Administración
La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO ORTEGA JIRON, Notario Público Titular, de la Primera Notaría de San Fernando, con oficio en calle Chillán número seiscientos veinte de esta ciudad, certifica: Por escritura hoy ante mí, comparece: don ROSALINDO SEGUNDO ENRIQUE ALIAGA CONTRERAS, chileno, casado, transportista, C.I. 7.763.865-2; mayor de edad y expone: Que, viene en constituir una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos y por las disposiciones de la Ley 20.190, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además, por el Código de Comercio y el Código Civil. NOMBRE. “ALICON S.p.A.”, la que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones legales vigentes. Su domicilio será la ciudad de San Fernando, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que los socios o accionistas manifiesten su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo periodo. OBJETO: el transporte por vía terrestre de todo tipo de carga, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional en vehículos que la Sociedad disponga a cualquier título, así como la prestación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sea en las actividades agrícolas, forestales, de la construcción, de comercio, industriales, y en general, de todo aquel que los socios acuerden sin limitación alguna. CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000.-, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones escritura extractada. San Fernando, 15 de febrero de 2021.