CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA LEONOR CATALÁN CALFIÑANCO E.I.R.L.

CVE 1902151
Capital
$62.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de febrero de 2021

Instrumento

Fecha
19 de febrero de 2021
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$62.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura de fecha diecisiete de Febrero de dos mil veintiuno, ante mí Don HERNÁN ROBERTO GUAJARDO POZAS, de nacionalidad chilena, de estado civil divorciado, Abogado, cédula nacional de identidad número once millones trescientos cincuenta y cinco mil setecientos diecinueve guión dos, con domicilio profesional en calle Manuel Bulnes número seiscientos noventa y nueve, piso tercero, oficina número trescientos siete, de la ciudad de Temuco, expuso: Por escritura pública de fecha diez de Julio del año dos mil diecinueve, Repertorio número seis mil cincuenta y nueve, año dos mil diecinueve, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elias Tadres Hales, doña LEONOR CATALÁN CALFIÑANCO, constituyó una empresa individual, denominada “INMOBILIARIA LEONOR CATALÁN CALFIÑANCO E.I.R.L.”, cuyo nombre de fantasía es “INMOBILIARIA AFQUINTÚE E.I.R.L.”. Con domicilio la ciudad de Temuco. El capital que la constituyente aportó a la empresa, fue la suma de $62.000.000.-, que se enteraron, pagaron e ingresaron a la caja empresarial, en la siguiente forma: a) Con la suma de dos millones de pesos, los que fueron enterados, pagados e ingresados a la caja empresarial, en dinero en efectivo; y b) Con el aporte en dominio, por la suma de sesenta millones de pesos, de un inmueble urbano ubicado en la ciudad de Temuco, calle Arturo Prat número cero treinta y tres, lote dieciséis. El dominio a favor de la constituyente corre inscrito a fojas trescientos treinta y ocho vuelta, número trescientos setenta y dos, del Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil dieciocho. El inmueble se encuentra enrolado bajo el número quinientos nueve guión cuatro, de la comuna de Temuco. El compareciente, rectifica la cláusula segunda de la escritura pública de constitución de la empresa, en el siguiente sentido: Objeto de La Empresa.- El objeto de la empresa será las actividades inmobiliarias realzadas con bienes propios o arrendados y su rubro específico estará constituido por la compra, venta y arriendo (excepto amoblados) de bienes inmuebles. Saneamiento.- La escritura pública de constitución de la empresa, adolece del vicio formal consistente en la falta de inscripción conservatoria oportuna del extracto. El compareciente facultado para ello, manifiesta su voluntad de sanear el vicio referido, mediante la suscripción de este instrumento público, y, además, con la inscripción conservatoria del extracto de esta escritura pública; todo ello en conformidad con lo dispuesto en las letras a) y b) del artículo tercero de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, ya referida. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada, Temuco, 19 de Febrero de 2021.-