Inmobiliaria e Inversiones La Rioja Dos Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 23862/2020
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $87.703.910 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 28 de diciembre de 2020, Repertorio N° 23.862/2020, ante mí, doña María Cristina Ascención Lagos Villa, doña María Dolores Pilar Lagos Villa, Inversiones e Inmobiliaria San Miguel SpA, antes Inversiones e Inmobiliaria San Miguel Limitada, e, Inversiones e Inmobiliaria San Esteban Limitada, todas con domicilio para estos efectos en Santiago, calle Francisco Noguera número 200, oficina 301, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada Inmobiliaria e Inversiones La Rioja Dos Limitada, nacida de la división de Inmobiliaria e Inversiones La Rioja Limitada, con domicilio en la comuna de Providencia y cuyo objeto es: a) adquirir, mantener, explotar o enajenar bienes raíces urbanos o rurales; b) la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; y, c) realizar cualesquiera otras actividades afines, conexas o complementarias que los socios acuerden. Asimismo, la sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a doña María Dolores Pilar Lagos Villa y a doña María Cristina Ascención Lagos Villa, separada e indistintamente, pero sujeto a las limitaciones que se indican en la escritura extractada. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los socios o terceros. El capital de la sociedad es la suma de $87.703.910, totalmente enterado al contado y en dinero en efectivo, y que corresponde a los socios como sigue: a) a doña María Dolores Pilar Lagos Villa, la suma de $39.466.759; b) a doña María Cristina Ascención Lagos Villa, la suma de $39.466.759; c) a Inversiones e Inmobiliaria San Esteban Limitada, la suma de $4.385.196; y, d) a Inversiones e Inmobiliaria San Miguel SpA, la suma de $4.385.196. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de febrero de 2021.