Instrumento
- Fecha
- 16 de febrero de 2021
- Repertorio
- 12598-2021
- Notario
- Maria Soledad Lascar Merino
- Oficio
- 38° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- La duración será de 3 años, prorrogable anualmente si ninguno de los socios expresa lo contrario
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Fabricación, elaboración, distribución, compra y venta al mayor y menor, representación y comercialización de toda clase de helados, mantecados, dulces, caramelos, chocolates, de elaboración artesanal o de cualquier otra forma, de cualquier tipo, formato y sabor; b) venta de productos de cafetería, panadería, bollería y de bebidas refrescantes y alcohólicas; c) constituirse como empresa franquiciada nacional e internacionalmente, explotando franquicias comerciales de todo tipo, abonando derechos de ingreso, y de otorgamiento de franquicia, regalías, contribuciones, contribuyendo a fondos de publicidad y de marketing, efectuar compras y ventas, alianzas estratégicas, acuerdos corporativos, pudiendo realizar todo tipo de actos enmarcados en el concepto de la “franquicia comercial”, ser licenciataria, tener marcas u otros derechos, a su nombre, transferirlos, cederlos, usufructuarlos, constituir o formar parte de otras sociedades comerciales, importar y exportar mercaderías y servicios; d) en general la realización de procesos comerciales e industriales, incluyendo fabricación, comercialización, importación y)o exportación de productos y servicios de todo tipo y naturaleza, especialmente gastronómicos, y todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social corresponderán a un Directorio compuesto de tres miembros titulares, elegidos por el único accionista o, en caso de existir mas accionistas, por la Junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaria Soledad Lascar Merino, Notario Publico Titular de la 38° Notaria de Santiago, Miraflores 178 piso 5, Certifico: Por escritura pública de fecha 16 de febrero de 2021, Repertorio N° 12.598-2021, ante mí, comparecen: don Santiago Ladislao Vicuña Zauschkevich, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad Nº 17.089.275-5, en representación de INVERSIONES ODESSA SpA, Rut Nº 17.017.138-5; don Santiago Ladislao Vicuña Zauschkevich ya individualizado, en representación de INVERSIONES BRATIA SpA, Rut Nº 76.585.892-5; todos domiciliados para estos efectos en Antonia López de Bello Nº 133, comuna de Recoleta; y don Mauricio Wolde Olmedo, chileno, casado con separación de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad Nº 11.844.799-9, en representación de INVERSIONES GEC CHILE SpA, Rut Nº 76.307.848-3, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Paseo Pie Andino Nº 7901, Casa 611, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron sociedad por acciones.- RAZON SOCIAL: “INFOOD CHILE SpA”, pudiendo obrar frente a terceros y bancos con el nombre de fantasía de “INFOOD CHILE SpA” o “INFOOD SpA”.- DOMICILIO: Ciudad de Santiago. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) Fabricación, elaboración, distribución, compra y venta al mayor y menor, representación y comercialización de toda clase de helados, mantecados, dulces, caramelos, chocolates, de elaboración artesanal o de cualquier otra forma, de cualquier tipo, formato y sabor; b) venta de productos de cafetería, panadería, bollería y de bebidas refrescantes y alcohólicas; c) constituirse como empresa franquiciada nacional e internacionalmente, explotando franquicias comerciales de todo tipo, abonando derechos de ingreso, y de otorgamiento de franquicia, regalías, contribuciones, contribuyendo a fondos de publicidad y de marketing, efectuar compras y ventas, alianzas estratégicas, acuerdos corporativos, pudiendo realizar todo tipo de actos enmarcados en el concepto de la “franquicia comercial”, ser licenciataria, tener marcas u otros derechos, a su nombre, transferirlos, cederlos, usufructuarlos, constituir o formar parte de otras sociedades comerciales, importar y exportar mercaderías y servicios; d) en general la realización de procesos comerciales e industriales, incluyendo fabricación, comercialización, importación y/o exportación de productos y servicios de todo tipo y naturaleza, especialmente gastronómicos, y todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios.- DURACIÓN: La duración será de 3 años, prorrogable anualmente si ninguno de los socios expresa lo contrario.- CAPITAL: El capital social es la suma de $1.500.000.- pesos divididos en un total de 1.500 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, se suscribieron, enteraron y pagaron por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: a) don Santiago Ladislao Vicuña Zauschkevich en representación: i) de Inversiones Odessa SpA, suscribió y pagó íntegramente en este acto 500 acciones equivalentes a $500.000.- pesos; y ii) de Inversiones Bratia SpA, suscribió y pagó íntegramente en este acto 500 acciones equivalentes a $500.000.- pesos; b) don Mauricio Wolde Olmedo en representación de Inversiones GEC Chile SpA suscribió y pagó en este acto 500 acciones equivalentes a $500.000.- pesos.- ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderán a un Directorio compuesto de tres miembros titulares, elegidos por el único accionista o, en caso de existir mas accionistas, por la Junta de Accionistas. Le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y dar cumplimiento al objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros. Estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los Estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. La Sociedad tendrá también un Gerente General, designado por el Directorio, quien ejercerá el cargo con facultades de administración de bienes y, especialmente, con las que el Directorio le confiera.- Demás estipulaciones escritura extractada. Región Metropolitana, 23 de febrero de 2021.