MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & ESPINOZA LIMITADA

RUT 76879268-2 CVE 1902128
Fecha instrumento
23 de febrero de 2021

Instrumento

Fecha
23 de febrero de 2021
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura de dieciocho de Febrero de dos mil veintiuno, ante mí Don HERNÁN ROBERTO GUAJARDO POZAS, de nacionalidad chilena, divorciado, abogado, cédula de identidad número once millones trescientos cincuenta y cinco mil setecientos diecinueve guión dos, con domicilio profesional en calle Manuel Bulnes número seiscientos noventa y nueve, oficina trescientos siete, de la ciudad de Temuco, expuso: Por escritura pública suscrita con fecha veintiocho de Octubre del año dos mil diecinueve, ante el Notario Público de Temuco don JORGE ELÍAS TADRES HALES, Repertorio número nueve mil trescientos sesenta y dos, año dos mil diecinueve, doña MARÍA SOLEDAD ORTEGA SOTO, don VÍCTOR JOEL AEDO MILLAPÁN, y doña JOSELINNE ALONDRA ESPINOZA ORTEGA, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & AEDO LIMITADA”. Rol único tributario de la número setenta y seis millones ochocientos setenta y nueve mil doscientos sesenta y ocho guión dos y su domicilio es la comuna de Padre Las Casas. En virtud de dicha modificación el socio don VÍCTOR JOEL AEDO MILLAPÁN, vendió, cedió y transfirió a doña JOSELINNE ALONDRA ESPINOZA ORTEGA, quien compró, aceptó y adquirió para sí, la totalidad del interés de aquél, en la compañía denominada “INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & AEDO LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “COMERCIAL DECOVENTANAS LTDA.”, el que ascendía a un cincuenta por ciento del capital social. El precio de la cesión fue la suma de SEIS MILLONES DE PESOS, que la cesionaria doña JOSELINNE ALONDRA ESPINOZA ORTEGA, pagó en dinero efectivo, con anterioridad a la fecha de la suscripción de la escritura pública de modificación y que, el cedente declaró haber recibido a su entera satisfacción. Las socias doña MARÍA SOLEDAD ORTEGA SOTO y doña JOSELINNE ALONDRA ESPINOZA ORTEGA, modificaron el nombre de la compañía, la que en adelante se denominará “INDUSTRIAL Y COMERCIAL ORTEGA & ESPINOZA LIMITADA” conservando el nombre de fantasía de “COMERCIAL DECOVENTANAS LTDA.”. El extracto de modificación de la sociedad, se publicó en la edición electrónica del diario Oficial de la República, en su edición correspondiente al número cuarenta y dos mil cuatrocientos noventa y seis, de fecha siete de Noviembre del año dos mil diecinueve. Saneamiento. La modificación de la compañía, adolece del vicio formal consistente en la falta de inscripción conservatoria oportuna del extracto; ello, en conformidad con lo que prescribe el inciso tercero del artículo primero de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y modifica el Código de Comercio y otros cuerpos legales. El compareciente, manifiesta, su voluntad de sanear el vicio referido, mediante la suscripción de este instrumento público, y con la inscripción conservatoria del extracto de esta escritura pública de saneamiento. Temuco, 23 de Febrero de 2021.-