Daniel Alvo y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de enero de 2021
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- Titular
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $53.265.017 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Benjamín Alvo Campeny | socio | 17698358-2 | — | — | |
| Yael Alvo Campeny | socio | 18639656-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente del Titular, don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de enero de 2021, ante mí, comparecen: don, Daniel David Alvo Abodovsky, médico cirujano, CI: 7.006.023-K, doña Daniela Alvo Campeny, médico cirujano, CI: 17.264.779-0, don Benjamín Alvo Campeny, estudiante, CI: 17.698.358-2 y doña Yael Alvo Campeny, estudiante, CI: 18.639.656-1 ; todos domiciliados para estos efectos en Av. del Monte N° 297, Las Condes , Santiago , mayores de edad; y declaran: Primero: Los comparecientes son únicos y actuales socios de sociedad denominada: “Daniel Alvo y Compañía Limitada”, constituida por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2003, otorgada ante Notario Público de esta ciudad, don Andrés Adriazola Lema, Suplente del Titular, don Samuel Klecky Rapaport. Un extracto de la misma, se publicó en el Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2003. Dicha sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 6 de junio de 2011. Un extracto de la misma se inscribió a fojas 38.328, N° 28.527, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011 y el mismo extracto se publicó en el de 3o de marzo de 2012, otorgada en la Notaria de doña Ana Luis Birkner Moreira, Suplente del Titular, don Samuel Klecky Rapaport . Un extracto se inscribió a fojas 28.030, N° 19.733, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012 y el mismo extracto se publicó en el Diario Oficial del 17 de mayo de 2012 y de ellas se tomó nota marginal en la inscripción social primitiva, arriba mencionada. Segundo: Con fecha 23 de agosto de 2017, por Resolución Exenta N° 78 del Servicio de Impuestos Internos, se declaró el termino de giro de la sociedad mencionada en el numeral precedente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69, inciso final, de Código Tributario, habiendo sido publicada, dicha Resolución exenta, en el Diario Oficial con fecha 30 de agosto de 2017. Tercero: Son actuales socios de la sociedad, “ Daniel Alvo y Compañía Limitada”, don Daniel David Alvo Abodovsky, doña Daniela Alvo Campeny, don Benjamín Alvo Campeny y doña Yael Alvo Campeny, quienes acuerdan disolver anticipadamente la sociedad y liquidar dicha sociedad unánimemente, conforme a lo siguiente: Cuarto: De acuerdo al balance de la mencionada sociedad, al 31 de diciembre de 2019, se compone de i.- activos por: $329.112.852, constituidos por: a.- derechos equivalentes al 10% del capital en la sociedad denominada: “ Inversiones Eco Trade Limitada” por un valor de $53.265.017.- b.- derechos equivalentes al 10% del capital en la sociedad denominada: “Inversiones Alvo Cotera Limitada” por un valor de $80.000.000.- c.- derechos equivalentes al 50% del sitio 7 de la manzana C del loteo denominado “Parque Residencial Quinchamalí”, hoy propiedad ubicada en calle Del Monte N° 297, comuna de las Condes de la Región Metropolitana por un valor de 11.000 UF , equivalentes a la fecha de escritura que se extracta a $315.786.350.- ; ii.- pasivos: De acuerdo al balance de la mencionada sociedad, no se registran pasivos; iii.- patrimonio: de acuerdo al balance de la mencionada sociedad, el patrimonio asciende a $329.112.852.- y no presenta utilidades acumuladas. Los socios acuerdan distribuir el patrimonio mencionado, a prorrata de sus derechos en la sociedad, es decir, un 25% para cada uno de los socios. De acuerdo a lo anterior, los socios unánimemente, acuerdan los siguientes pagos: i.- Don Daniel David Alvo Abodovsky, recibirá $82.278.213, ii.- doña Daniela Alvo Campeny , recibirá la suma de $82.278.213, iii.- don Benjamín Alvo Campeny, recibirá $82.278.213 y iv.- doña Yael Alvo Campeny, recibirá $82.278.213. Quinto: Los socios convienen, en relacion a los bienes que compone el patrimonio de la sociedad, que: i.- el socio aportante, don Daniel David Alvo Abodovsky, reciba a título de devolución de su aporte la suma de $329.112.852.- que se paga, en este acto mediante la totalidad de los derechos en el inmueble ubicado en Avenida del Monte N° 297, comuna de las Condes, Santiago, equivalente al 50% de los mismos. Adicionalmente, recibe la totalidad de los derechos en la sociedad “Inversiones Eco Trade Limitada” y la totalidad de los derechos en la sociedad “Inversiones Alvo Cotera Limitada”. De esta forma se produce un alcance en contra de este socio por la suma ascendente a $246.834.639, que paga de la siguiente forma a cada uno de sus consocios, mediante la suscripción de tres letras de cambio, con la expresa intención de novar la obligación, en favor de su consocios, doña Daniela, don Benjamín y doña Yael; todos Alvo Campeny , respectivamente, y por la suma de $82.278.213.- cada una de dichas letras, pagaderas a la vista y que éstos últimos reciben a su entera satisfacción. A consecuencia de la entrega de dichos títulos de crédito, ya señalados, el alcance se encuentra enteramente pagados, renunciando todos los socios a cualquier acción de resolución que ha sido determinante en la aceptación de las referidas letras de cambio; ii.- La sociedad “Daniel Alvo y Compañía Limitada”, debidamente representada, como titular de los derechos en las sociedades previamente señaladas, cede y transfiere a don Daniel David Alvo Abodovsky, los referidos derechos , los que éste último, acepta y recibe. Asimismo, dicha sociedad hace entrega al socio, los títulos en donde constan los derechos referidos. La totalidad de los socios aprueban liquidar la sociedad “Daniel Alvo y Compañía Limitada”, la que producirá efectos a contar de la fecha de la escritura que se extracta por medio de este acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de febrero de 2021.-