Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Guerra Riquelme Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 2 de febrero de 2021
- Notario
- MARCOS ANDRES DIAZ LEON
- Oficio
- Sexta Notaría de Valparaíso
- Comuna
- Valparaíso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Valparaíso, certifica que hoy ante mi, comparecieron: Doña CECILIA DEL CARMEN RIQUELME SOTO, chilena, industrial, cédula nacional de identidad número cuatro millones trescientos cuarenta y un mil doscientos siete guión ocho, domiciliada para estos efectos en calle Dos Poniente doscientos ochenta, departamento cuarenta y uno, Viña del Mar, doña LIZ CECILIA GUERRA RIQUELME, chilena, factor de comercio, cédula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos ochenta y nueve mil setecientos noventa y seis guión cinco, con domicilio en calle Orella mil ochenta y uno, Valparaíso; Doña JESSICA ANDREA GUERRA RIQUELME, chilena, Ingeniero en Alimentos, cédula de identidad número nueve millones ciento cuarenta y tres mil cinco guión tres, domiciliada en Seis Oriente ciento ochenta, población Vergara, Viña del Mar y doña SANDRA GUERRA RIQUELME, Rol único tributario número siete millones setecientos treinta mil novecientos dos guión cero, chilena, soltera, empresaria, domiciliada en Valparaíso, calle Las Cañas novecientos veinticuatro, quienes son los socios actuales de la “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES GUERRA RIQUELME COMPAÑÍA LIMITADA", Rut. Nº 77.240.305-4, la cual fue constituida mediante escritura pública de fecha cuatro de septiembre de dos mil veinte, ante don MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Valparaíso, la que se encuentra inscrita ante el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, a fojas seiscientos cuarenta y uno vuelta, numero trescientos noventa y seis del año mil veinte; el extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha diecisiete de septiembre de dos mil veinte. Los socios modifican dicha sociedad en lo siguiente: a) Se efectúa la cesión de derechos sociales entre los socios, quienes pasan a tener los siguientes porcentajes y derechos sociales de la misma: A) Doña JESSICA ANDREA GUERRA RIQUELME, con 40% por ciento de los derechos sociales, o del capital social; b) Doña SANDRA GUERRA RIQUELME, con 40% por ciento de los derechos sociales, o del capital social. c) doña LIZ CECILIA GUERRA RIQUELME, con veinte (20%) por ciento de los derechos sociales, o del capital social. b) Se modifica la cláusula SEXTO del estatuto social, y se sustituye por la siguiente: “SEXTO: (Capital social). El capital social será la suma de NOVENTA MILLONES DE PESOS, que se entera en la siguiente proporción y forma: a) Doña LIZ CECILIA GUERRA RIQUELME, aporta en este acto a la sociedad la suma de cuatro millones quinientos mil pesos, que la socia ha pagado previamente, equivalentes al veinte por ciento del capital social; b) Doña JESSICA ANDREA GUERRA RIQUELME, aporta en este acto a la sociedad la suma de treinta y seis millones de pesos, que la socia ha pagado previamente, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social; C) la socia Doña SANDRA GUERRA RIQUELME, aporta en este acto a la sociedad la suma de treinta y seis millones de pesos, que la socia ha pagado previamente, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social. Demás estipulaciones escritura extractada. Valparaíso, 2 de febrero de 2021.