PEREZ Y REYES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2017
- Repertorio
- 3395-2017
- Comuna
- Publica Titular de la Notaría de San
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEN SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA, a 12 de enero de 2021, ante mí, ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, abogada, Notaria Publica Titular de la Notaría de San Vicente de Tagua Tagua, con domicilio en calle Carmen Gallegos Nº 321, comuna de San Vicente, certifico: Por escritura de hoy, ante mí, comparece: don LUIS CARLOS PEREZ REYES, chileno, cédula de identidad numero 15.121.517-3, comerciante, soltero, con domicilio en pasaje Papa Juan XXIII numero 1804, Villa Napoli, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, de paso en esta; y doña SILVIA CRISTINA REYES GONGORA, chilena, cédula de identidad numero 7.532.194-5, comerciante, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en calle Caracoles numero 1480, comuna de Malloa y de paso en esta ciudad, quienes vienen en este acto en corregir y sanear la Sociedad de responsabilidad limitada denominada “PEREZ Y REYES LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2017, otorgada en la Notaría de Rancagua de don EDUARDO DE RODT, repertorio Nº 3.395-2017, la cual se publicó en el Diario Oficial número 41.941, de fecha 26 de diciembre del año 2017. El vicio consistió en que erradamente no se inscribió el extracto de dicha constitución en el Registro de Comercio respectivo, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley número 3.918, incurriendo de esa forma en un vicio de nulidad absoluta de ese acto, por lo que los comparecientes vienen en corregir y sanear el vicio indicado, de conformidad lo dispone el artículo 1º y siguientes de la Ley número 19.499, ratificando en este acto sus voluntades contenidas en la escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2017, otorgada en la Notaría de Rancagua de don EDUARDO DE RODT, repertorio Nº 3.395-2017 y obligándose además a inscribir y publicar el extracto de la escritura que se otorga en este acto, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió al no haber inscrito nunca el extracto de la constitución social indicada. El capital social, según se establece en la escritura de constitución es la suma de $15.000.000. El Capital quedo totalmente suscrito y pagado con anterioridad a este acto. Demás estipulaciones en escritura social. San Vicente de Tagua Tagua, 12 de enero de 2021.-