Nueva Inmobiliaria SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de febrero de 2021
- Repertorio
- 582-2021
- Notario
- Suplente de don JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $25.104.523.310 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es la realización de inversiones y explotación de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con facultad de administrar dichas inversiones y percibir sus frutos. La Sociedad podrá, asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma, sea directamente, con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero y, en general, concurrir a la celebración de cualquier acto o contrato y al desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores. Cuatro
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Bicentenario S.A | socio | 76063531-6 | — | — | |
| Inversiones Educa Bicentenario Limitada | socio | 76065302-0 | — | — | |
| Nueva Angelicum SpA | socio | 77074369-9 | — | — | |
| Inversiones y Asesorías Propam SpA | socio | 76813275-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO SEPULVEDA ROSAS, Suplente de don JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, comuna de San Miguel, certifica que, por escritura pública de fecha 01/02/2021, repertorio N°582-2021, otorgada ante el Notario Titular, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Santo Tomás S.A. celebrada con fecha 01/02/2021 también ante el Notario Titular, sociedad cuyo extracto se encuentra inscrito a fs. 29.687, N° 23.788 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1995. Concurrieron en calidad de únicos accionistas, Inversiones Bicentenario S.A., RUT: 76.063.531-6, Inversiones Educa Bicentenario Limitada, RUT: 76.065.302-0, Nueva Angelicum SpA, RUT: 77.074.369-9, e Inversiones y Asesorías Propam SpA, RUT: 76.813.275-5, domiciliados para estos efectos en Avenida Bicentenario número 3.883, oficina 502, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, y acordaron lo siguiente: Uno. Dividir Santo Tomás S.A. en dos sociedades, una que es continuadora legal de la existente, y la otra que se constituyó en ese acto como sociedad por acciones con nombre Nueva Inmobiliaria SpA. Dos. Aprobar el texto de los estatutos por los cuales se regirá la nueva sociedad, cuyos estatutos se extractan a continuación: Uno. Accionistas: Inversiones Bicentenario S.A., Inversiones Educa Bicentenario Limitada, Nueva Angelicum SpA e Inversiones y Asesorías Propam SpA. Dos. Nombre de la sociedad: “Nueva Inmobiliaria SpA”. Tres. Objeto: El objeto de la Sociedad es la realización de inversiones y explotación de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con facultad de administrar dichas inversiones y percibir sus frutos. La Sociedad podrá, asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma, sea directamente, con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza, tanto en Chile como en el extranjero y, en general, concurrir a la celebración de cualquier acto o contrato y al desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores. Cuatro. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $25.104.523.310, dividido en 1.608.242 acciones, ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una única serie, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado de conformidad al Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 19 de febrero de 2021.