LAS RARAS COMUNICACIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de febrero de 2021
- Repertorio
- 3395-2021
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto a) la creación, producción, edición y explotación de obras artísticas, literarias, fonográficas, periodísticas, cinematográficas, audiovisuales y multimediales; b) La compra, venta, cesión, permuta, distribución y)o comercialización de derechos de propiedad intelectual e industrial respecto de historias y guiones cinematográficos o de video, obras audiovisuales, obras literarias, impresos, fotografías, imágenes o sistemas audiovisuales, de música, de sonido o de la media computacional, de las comunicaciones, producciones cinematográficas, de televisión, video, teatro, programas de divulgación científica, social, cultural y, en general, de toda obra intelectual o física susceptible de ser representada en vivo o por algún medio audiovisual, radial, ideográfico o escrito, para su difusión por cuenta propia o ajena, a través de cualquier medio, en el territorio nacional o en el extranjero; c) La realización de actividades de producción, difusión y comercialización de toda clase de espectáculos artísticos o deportivos, incluida la representación artística, conferencias, entrevistas o eventos culturales, por cuenta propia o ajena, en recintos públicos o privados, abiertos o cerrados, cines, salas de espectáculos, auditorios u otros; d) la compra y venta, y arrendamiento de artículos electrónicos y equipamiento audiovisual; e) la prestación de servicios de consultoría en los ámbitos publicitarios, de comunicación estratégica, radiodifusión, periodismo, audiovisual y de servicios culturales; f) El ejercicio del comercio en cualquiera de sus formas, en toda el área audiovisual, computacional, de las comunicaciones y la publicidad y demás que se relacionen directa e indirectamente con el objeto social; y e) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito y de inversión
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderán a los socios Catalina María May Trejo y Martín Cruz Farga, quienes podrán actuar de modo conjunto o por separado, con las facultades señaladas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 18 de febrero del 2021, repertorio N°3395-2021, ante el Titular: a) doña CATALINA MARÍA MAY TREJO, cédula nacional de identidad número 13.905.780-5, b) don MARTÍN CRUZ FARGA, cédula nacional de identidad número 16.208.900-5, ambos domiciliados en calle Plaza Pedro De Valdivia 1.743, departamento 33, Providencia, acordaron constituir sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias, la que se regirá por los siguientes estatutos: Razón social: "LAS RARAS COMUNICACIONES LIMITADA", pudiendo utilizar el nombre de fantasía de “Las Raras Ltda.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Objeto: La sociedad tendrá por objeto a) la creación, producción, edición y explotación de obras artísticas, literarias, fonográficas, periodísticas, cinematográficas, audiovisuales y multimediales; b) La compra, venta, cesión, permuta, distribución y/o comercialización de derechos de propiedad intelectual e industrial respecto de historias y guiones cinematográficos o de video, obras audiovisuales, obras literarias, impresos, fotografías, imágenes o sistemas audiovisuales, de música, de sonido o de la media computacional, de las comunicaciones, producciones cinematográficas, de televisión, video, teatro, programas de divulgación científica, social, cultural y, en general, de toda obra intelectual o física susceptible de ser representada en vivo o por algún medio audiovisual, radial, ideográfico o escrito, para su difusión por cuenta propia o ajena, a través de cualquier medio, en el territorio nacional o en el extranjero; c) La realización de actividades de producción, difusión y comercialización de toda clase de espectáculos artísticos o deportivos, incluida la representación artística, conferencias, entrevistas o eventos culturales, por cuenta propia o ajena, en recintos públicos o privados, abiertos o cerrados, cines, salas de espectáculos, auditorios u otros; d) la compra y venta, y arrendamiento de artículos electrónicos y equipamiento audiovisual; e) la prestación de servicios de consultoría en los ámbitos publicitarios, de comunicación estratégica, radiodifusión, periodismo, audiovisual y de servicios culturales; f) El ejercicio del comercio en cualquiera de sus formas, en toda el área audiovisual, computacional, de las comunicaciones y la publicidad y demás que se relacionen directa e indirectamente con el objeto social; y e) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito y de inversión. Capital: El capital social es la suma de un millón de pesos, que se encuentra totalmente pagado y enterado en arcas sociales de acuerdo al detalle, conforme se ha aportado los socios como sigue: a) doña Catalina María May Trejo, suscribe el 50% del capital social, pagado con la suma de $500.000 mil pesos en dinero efectivo que ha ingresado en la caja social. b) don Martín Cruz Farga, suscribe el 50% por ciento del capital social, pagado con la suma de $500.000 mil pesos en dinero efectivo que ha ingresado en la caja social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderán a los socios Catalina María May Trejo y Martín Cruz Farga, quienes podrán actuar de modo conjunto o por separado, con las facultades señaladas en la escritura extractada. Duración: Tendrá una duración indefinida desde la fecha de la escritura extractada, salvo voluntad de termino expresada según forma señalada en escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de febrero de 2021.