Instrumento
- Fecha
- 12 de febrero de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la planificación, administración, ejecución, desarrollo, gestión, comercialización y explotación de proyectos y negocios inmobiliarios y bienes inmuebles, propios o ajenos o por cuenta propia o de terceros, y en todas sus formas; b) la ejecución y celebración de toda clase de actos y contratos conducentes o necesarios para el pleno desarrollo de toda especie de actividades inmobiliarias o de inversión en negocios inmobiliarios o relacionadas, directa o indirectamente, con la explotación y enajenación de bienes inmuebles y sus accesorios por adherencia o destinación, corporales o incorporales; c) la compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; d) la inversión en toda clase de títulos, valores, acciones, derechos sociales, bonos y valores mobiliarios; e) formar y tomar parte como accionista o socia en otras sociedades existentes actualmente o que se formen en el futuro, cualquiera que sea el objeto de ellas; y f) asumir la representación de empresas nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de febrero de 2021, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, ALEJANDRO JOSÉ ECHEVERRÍA COX, constituyó, como único accionista, sociedad por acciones con siguientes estipulaciones: NOMBRE: Inmobiliaria AEC SpA. DOMICILIO: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) la planificación, administración, ejecución, desarrollo, gestión, comercialización y explotación de proyectos y negocios inmobiliarios y bienes inmuebles, propios o ajenos o por cuenta propia o de terceros, y en todas sus formas; b) la ejecución y celebración de toda clase de actos y contratos conducentes o necesarios para el pleno desarrollo de toda especie de actividades inmobiliarias o de inversión en negocios inmobiliarios o relacionadas, directa o indirectamente, con la explotación y enajenación de bienes inmuebles y sus accesorios por adherencia o destinación, corporales o incorporales; c) la compra, venta, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; d) la inversión en toda clase de títulos, valores, acciones, derechos sociales, bonos y valores mobiliarios; e) formar y tomar parte como accionista o socia en otras sociedades existentes actualmente o que se formen en el futuro, cualquiera que sea el objeto de ellas; y f) asumir la representación de empresas nacionales o extranjeras. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la sociedad. CAPITAL: $10.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, una sola serie, sin valor nominal e igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagado dinero efectivo mismo acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de febrero de 2021.-