INVERSIONES PAZ PERÚ SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de febrero de 2021
- Repertorio
- 2221-2021
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 2 de febrero de 2021, repertorio n° 2.221-2021, ante mi Paz Corp S.A., en calidad de único accionista de acuerdo al Registro de Accionista tenido a la vista de INVERSIONES PAZ PERÚ SpA, viene en rectificar y sanear, en conformidad a la Ley N° 19.499 sobre saneamiento vicios de nulidad, los vicios incurridos en el extracto de Modificación Social de Inversiones Paz Perú SpA, de escritura de fecha 7 de diciembre de 2020 repertorio 24.709, otorgada ante Karina Alejandra Florez Muñoz, suplente de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado Titular de la 36ª Notaría de Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 88.409, N° 42.513 del Registro Comercio del Conservador de bienes Raíces de Santiago del año 2020 y fue publicado en el Diario Oficial el 31 de diciembre del mismo año. Se rectifica y sanea el extracto de dicha escritura reemplazandolo por el siguiente: “Por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2020, repertorio 24.709, ante mi, Paz Corp S.A., en calidad de único accionista de acuerdo al Registro de Accionista tenido a la vista de INVERSIONES PAZ PERÚ SpA (Fs. 18.177, N° 12.211, Reg. Comercio Stgo. 2009) acordó lo siguiente: uno) Modificar el objeto social por: “La Sociedad tiene por objeto exclusivo la adquisición de toda clase de bienes en dólares de los Estados Unidos de América u otra moneda extranjera, sean estos muebles, inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad de obtener las rentas que de ellos se deriven, incluyéndose los frutos civiles u otros que provengan de la enajenación de sus activos. La sociedad no podrá realizar inversiones en pesos chilenos”. Dos) Modificar la moneda del capital social, fijando el monto del capital social del monto de un $1.000.000 a la cantidad de USD 1.342,6 según el tipo de cambio a la fecha de la modificación de $744,82 por cada dólar, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado. Tres) Se modifican los artículos Cuarto, Quinto y Primero Transitorio en tal sentido. Demás estipulaciones en escritura extractada Stgo., 28 de diciembre de 2020.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Stgo. 11 de febrero de 2021.