IMPORT – EXPORT ENERGY EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2021
- Notario
- RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N°19.499
Objeto social
La importación, exportación, reexpedición, distribución y comercialización al por mayor y menor de mercaderías, productos, partes y piezas, especialmente en el rubro eléctrico, equipos electrónicos y telefónicos, y telas en general; por cuenta propia o ajena, de procedencia nacional o extranjera, en el mercado interno o externo, pudiendo actuar para sus fines, como usuario de los Sistemas de Zonas Francas, Zonas de Extensión y Puertos Libres, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero y toda otra operación directamente relacionada con las anteriores. “TRES”: Rectifica también la escritura pública de modificación, transformación y constitución mencionada, en su cláusula TERCERO denominada Nombre, la que se reemplaza por la siguiente: “TERCERO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente de la Titular MARÍA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Aníbal Pinto 555, certifica: Que por escritura pública ante Notario Suplente doña PAULINA ALEJANDRA ARACENA ANDIA de fecha 25 de Enero 2021 Rep. N°174-2021, don DEIBY ANTONIO RUBIO CHAVEZ, chileno, soltero, comerciante, treinta y tres años de edad, Cedula Nacional de Identidad N° 20.084.875-6, domicilio Los Almendros N°3.126, Alto Hospicio, de paso en esta ciudad, viene en sanear, conforme a lo establecido Art. 1° de la Ley N°19.499, la escritura pública de modificación, transformación y constitución de la empresa individual de responsabilidad limitada “IMPORT - EXPORT ENERGY EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” O “ENERGY E.I.R.L.”, de fecha 20 de Agosto del año 2019, repertorio número 2.675, otorgada en la Notaria Pública de Iquique de don Abner Poza Matus, cuyo extracto se inscribió a fojas 1.315 N°868, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, año 2019, y que fue constituida inicialmente con fecha 22 de Marzo del año 2013, inscrita a fojas 604, bajo número 537, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, año 2013. Saneamiento: Los vicios formales de que adolece la referida escritura pública de modificación, transformación y constitución de la empresa individual de responsabilidad limitada, dicen relación a la edad del empresario o constituyente, el objeto de la empresa y el nombre o razón social, debiendo ser: “UNO”: Se complementa la cláusula PRIMERO denominada Constitución de la escritura pública referida agregándose la edad del constituyente o empresario don DEIBY ANTONIO RUBIO CHAVEZ, cual es de treinta y tres años de edad. “DOS”: Asimismo, rectifica la misma en su cláusula SEGUNDO denominada Objeto que se reemplaza por la siguiente: “SEGUNDO: Objeto. La importación, exportación, reexpedición, distribución y comercialización al por mayor y menor de mercaderías, productos, partes y piezas, especialmente en el rubro eléctrico, equipos electrónicos y telefónicos, y telas en general; por cuenta propia o ajena, de procedencia nacional o extranjera, en el mercado interno o externo, pudiendo actuar para sus fines, como usuario de los Sistemas de Zonas Francas, Zonas de Extensión y Puertos Libres, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero y toda otra operación directamente relacionada con las anteriores. “TRES”: Rectifica también la escritura pública de modificación, transformación y constitución mencionada, en su cláusula TERCERO denominada Nombre, la que se reemplaza por la siguiente: “TERCERO: Nombre. El nombre o la razón social de la empresa será: “DEIBY ANTONIO RUBIO CHAVEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo actuar y funcionar indistintamente con el nombre de fantasía “IMPORT - EXPORT ENERGY E.I.R.L.”, que servirá de suficiente individualización todo tipo acto y contrato y ante cualquier entidad u organismo público o privado”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Iquique, 11 de febrero de 2021.-