DESARROLLO E INVERSIONES MÉDICAS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2020
- Notario
- NATALIA RAMIREZ ARANDA
- Domicilio
- Titular LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR de Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $4.924.449.450 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNATALIA RAMIREZ ARANDA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR de Viña del Mar, con oficio en esta ciudad, Calle 12 Norte número 785, piso 3, certifica: Por escritura de fecha 30 de noviembre de 2020, ante mí: se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 30 de noviembre del 2020 de la sociedad DESARROLLO E INVERSIONES MÉDICAS S.A. en la que: (i) Aprueba aumentar el capital social en la suma de $4.924.449.450, esto es desde su monto actual de $25.350.704.551, dividido en 3.964 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, a la suma de $30.275.154.001, dividido en 4.914 acciones, emitiéndose al efecto 950 nuevas acciones de pago; (ii) Aprueba la modificación del artículo cuarto de los estatutos ““Artículo Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de $30.275.154.001, dividido en 4.914 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga, según se señala en la cláusula primera transitoria de los estatutos Sociales”; (iii) Aprueba modificar la Disposición Primera Transitoria: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad ascendente a la suma de $30.275.154.001, dividido en 4.914, de una misma serie sin valor nominal, a que se refiere el artículo Cuarto permanente de estos estatutos, el que se encuentra suscrito y pagado, y se suscribirá y pagará, de la siguiente forma: a) con la cantidad de $25.350.704.551, representativa de 3.964 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y b) con la cantidad de $4.924.449.450, representativa de 950 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de tres meses contados desde el día 30 de noviembre de 2020.” Demás acuerdos y estipulaciones constan de escritura pública extractada. Viña del Mar, 15 de enero de 2021.-