COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS KATASUSHI AC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de febrero de 2021
- Notario
- GINO PAOLO BENEVENTI ALFARO
- Oficio
- 45° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGINO PAOLO BENEVENTI ALFARO, abogado, Notario Público Interino de la 45° Notaría de Santiago, calle Paseo Huérfanos N°979, 7° piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana: CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 16 de febrero de 2021, ante mí, doña PAMELA ANDREA VENEGAS GONZÁLEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, médico veterinario, cédula de identidad N°15.420.987-5, domiciliada en calle Rosita Renard N°1.224, casa K, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y don GABRIEL ANDRÉS CABAÑAS IRAZABAL, chileno, casado y separado totalmente de bienes, médico veterinario, cédula de identidad N°15.937.055-0, domiciliado en calle Rosita Renard N°1.224, casa K, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS KATASUSHI AC LIMITADA”, Rol Único Tributario N°76.415.072-4, inscrita a fojas 89.607, N°54.611, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, y publicada en el 19 de octubre del año 2018, cuyo extracto se inscribió a fojas 82.714, N°42.381, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018. Los socios acordaron cambiar la razón social de la compañía a “TIENDA DE MASCOTAS I PET’S SHOP LIMITADA”, teniendo como nombre de fantasía “I PET’S SHOP LTDA.”. De esta forma, los socios modificaron la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad, reemplazándose por la siguiente: “SEGUNDO: La razón social será TIENDA DE MASCOTAS I PET’S SHOP LIMITADA, cuyo nombre de fantasía será I PET’S SHOP LTDA., aún para efectos comerciales, bancarios, publicitarios y otros de índole semejante.”. Asimismo, los socios acordaron ampliar el objeto de la sociedad, pudiendo ejercer, además de las actividades que ya forman el objeto social, las siguientes, ya sea por cuenta propia o de terceros, o asociados a terceros: compra y venta al detalle y al por mayor, y distribución de alimentos, artículos, productos y accesorios para mascotas y animales, en general; compra y venta al por menor y al por mayor de insumos veterinarios; compra y venta al por menor y al por mayor de productos medicinales para mascotas y animales; servicio de medicina veterinaria en forma independiente; servicio de otros profesionales independientes en el área de la medicina veterinaria; peluquería para mascotas y animales; hotelería, guardería y cuidado para mascotas y animales; la representación de marcas comerciales y empresas establecidas en el país o en el extranjero que fabriquen y/o comercialicen productos para mascotas y animales, afines con los señalados; y, cualquier otra actividad, servicio o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. De esta forma, los socios modificaron la cláusula cuarta de los estatutos de la sociedad, reemplazándose por la siguiente: “CUARTO: El objeto de la sociedad será realizar por cuenta propia o de terceros, o asociados a terceros: a) venta y preparación de platos calientes, fríos y de bebidas; b) explotación de fuentes de soda y restaurantes; c) industrialización y comercialización de toda clase de productos alimenticios; d) compra y venta al detalle y al por mayor, y distribución de alimentos, artículos, productos y accesorios para mascotas y animales, en general; e) compra y venta al por menor y al por mayor de insumos veterinarios; f) compra y venta al por menor y al por mayor de productos medicinales para mascotas y animales; g) servicio de medicina veterinaria en forma independiente; h) servicio de otros profesionales independientes en el área de la medicina veterinaria; i) peluquería para mascotas y animales; j) hotelería, guardería y cuidado para mascotas y animales; k) la representación de marcas comerciales y empresas establecidas en el país o en el extranjero que fabriquen y/o comercialicen productos para mascotas y animales, afines con los señalados; l) y, cualquier otra actividad, servicio o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.”. En lo no modificado, continúan plenamente vigentes las demás estipulaciones del pacto social en cuanto sean compatibles con las presentes modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2021.