INMOBILIARIA MACKENNA SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2016
- Notario
- JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO
- Oficio
- Titular de la 19ª. Notaría de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal
Sociedad
- Capital
- $1.124 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Abogado y Notario Público Suplente del Titular de la 19ª. Notaría de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, calle Bandera 341, oficina 352, Santiago, certifica: Por Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 30 de noviembre del 2020, reducida a escritura pública, con esa misma fecha, ante mí, se modificó la sociedad INMOBILIARIA MACKENNA SpA, (la “Sociedad”), constituida por escritura pública de fecha 12 de mayo del 2.016, ante esta Notaría, inscrita a fojas 35.963, número 19.953 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.016, publicada en el Diario Oficial con fecha 24 de mayo de 2016, número 41.465, en la cual, la sociedad INMOBILIA S.A., en calidad de único accionista, aprobó el aumento de capital de $1.124.786 con la correspondiente revalorización del capital a la suma total de $775.165.524 mediante la capitalización de deudas que la “Sociedad” mantenía con INMOBILIA S.A., por la suma de $774.040.738. Se dejó constancia que el aumento total estará dividido en las mismas 1.000 acciones. Finalmente, se reemplazaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio del estatuto de la “Sociedad”, por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $775.165.524, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal.”; “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad de $775.165.524, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente manera: a) Con $1.124.786, íntegramente suscritos y pagados al constituirse la Sociedad incluida la revalorización del capital propio al 31 de diciembre de 2019, según lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas y 6º y 7º de su Reglamento y; b) Con $774.040.738, equivalentes a esta fecha a aproximadamente 26.663,3208.- Unidades de Fomento, que se pagaron mediante la capitalización de los créditos que el accionista tiene en contra de la Sociedad, a prorrata de su respectiva participación en el capital social”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 17de febrero de 2021. Javier i. Hormazabal Collao.