INMOBILIARIA E INVERSIONES RAROTONGA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2020
- Notario
- Notario Suplente de don JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO SEPÚLVEDA ROSAS, Abogado, Notario Suplente de don JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica que ante el Notario Titular, Por escritura pública de 17 de diciembre de 2020, otorgada ante mí, don GUSTAVO ENRIQUE RAMDOHR ALDUNATE, C.I. Nº 6.341.004-7, don RODRIGO ANDRÉS AVELINO ÁLVAREZ PIRACÉS, C.I. Nº 10.072.890-7, don RODRIGO ANDRÉS RAMDOHR ÁLVAREZ, C.I. Nº 15.382.206-9, doña MARÍA DEL PILAR RAMDOHR ÁLVAREZ, C.I. Nº 15.959.288-K, y don GUSTAVO TOMÁS RAMDOHR ÁLVAREZ, C.I. Nº 17.596.021-0, todos domiciliados en calle Los Turistas número 0451, comuna de Recoleta, Región Metropolitana; don Gustavo Enrique Ramdohr Aldunate y don Rodrigo Andrés Avelino Álvarez Piracés cedieron y transfirieron a don Rodrigo Andrés Ramdohr Álvarez, a doña María Del Pilar Ramdohr Álvarez, y a don Gustavo Tomás Ramdohr Álvarez, la totalidad de sus derechos en la sociedad de responsabilidad limitada “INMOBILIARIA E INVERSIONES RAROTONGA LIMITADA”, inscrita a fojas 44395, Número 32798 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, retirándose de la Sociedad. A su turno, don Rodrigo Andrés Ramdohr Álvarez, doña María Del Pilar Ramdohr Álvarez, y don Gustavo Tomás Ramdohr Álvarez, acordaron reemplazar íntegramente el texto de la cláusula “QUINTO” de los estatutos sociales, por el que a continuación se indica: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios han enterado, aportado y pagado en dinero de la siguiente manera: a) don RODRIGO ANDRÉS RAMDOHR ÁLVAREZ, ha aportado y pagado la suma de $340.000, equivalentes a 34% del total de los derechos sociales; b) doña MARÍA DEL PILAR RAMDOHR ÁLVAREZ, ha aportado y pagado la suma de $330.000, equivalentes a un 33% del total de los derechos sociales; y c) don GUSTAVO TOMÁS RAMDOHR ÁLVAREZ, ha aportado y pagado la suma de e $330.000, equivalentes a un 33% del total de los derechos sociales. En consecuencia, queda íntegramente aportado y pagado el capital social. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivo aportes”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de febrero de 2021.