Instrumento
- Notario
- ABNER POZA MATUS
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la compra, venta, arrendamiento, distribución, promoción, representación, fabricación, embarcación, consolidación, ensamblaje, armaduría, consignación, almacenamiento, y todo otro acto de comercio de todo tipo de vehículos, naves o aeronaves, cualquiera sea su especie o estado, sean nuevos o usados, como así, sus partes, piezas, repuestos, accesorios y todo otro elemento relacionados a tales bienes, incluido en ello, el servicio técnico y mantenimiento de los mismos. Asimismo, el transporte urbano, interurbano, nacional e internacional de pasajeros, cargas, encomiendas y fletes, sea por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros, y en general, toda clase actividades relacionadas con el transporte como el arriendo de todo tipo de vehículos motorizados con o sin chofer, camiones y maquinarias pesadas. Para el cumplimiento de todos estos todos estos objetos la sociedad podrá actuar bajo régimen general o especial de Zonas Francas, Zonas Libres, Almacenes de Depósito, Puertos Libres, Centros de Exportación u otros regímenes aduaneros y tributarios especiales. Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedades cualquiera sea su naturaleza u objeto y, en general, toda otra actividad comercial que los socios acordaren
Administración
Corresponderá indistintamente a ALEJANDRO MIGUEL GANEM JURE, y a MAHMOUD KI AMOR, ambos amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalABNER POZA MATUS, Abogado, Notario Público Iquique, Serrano N° 191, certifico: por escritura hoy ante mí, ALEJANDRO MIGUEL GANEM JURE, chileno, casado y separado de bienes, empresario, C.I. N°9.275.071-K, y MAHMOUD KI AMRO, chileno, soltero, empresario, C.I. N° 14.726.625-1, ambos domiciliados en Ruta A-16 N° 4.557, Lote Uno, de la Comuna de Alto Hospicio, Región de Tarapacá, constituyeron Sociedad por Acciones: Razón Social: COMERCIAL SANTA FE SpA, con el nombre de fantasía SANTA FE SpA.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país y/o en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será la compra, venta, arrendamiento, distribución, promoción, representación, fabricación, embarcación, consolidación, ensamblaje, armaduría, consignación, almacenamiento, y todo otro acto de comercio de todo tipo de vehículos, naves o aeronaves, cualquiera sea su especie o estado, sean nuevos o usados, como así, sus partes, piezas, repuestos, accesorios y todo otro elemento relacionados a tales bienes, incluido en ello, el servicio técnico y mantenimiento de los mismos. Asimismo, el transporte urbano, interurbano, nacional e internacional de pasajeros, cargas, encomiendas y fletes, sea por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros, y en general, toda clase actividades relacionadas con el transporte como el arriendo de todo tipo de vehículos motorizados con o sin chofer, camiones y maquinarias pesadas. Para el cumplimiento de todos estos todos estos objetos la sociedad podrá actuar bajo régimen general o especial de Zonas Francas, Zonas Libres, Almacenes de Depósito, Puertos Libres, Centros de Exportación u otros regímenes aduaneros y tributarios especiales. Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedades cualquiera sea su naturaleza u objeto y, en general, toda otra actividad comercial que los socios acordaren.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000.- dividido y representado en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que es suscrito y pagado en su totalidad por ambos socios constituyentes en partes iguales de un 50% cada uno, en el acto en efectivo. Administración: Corresponderá indistintamente a ALEJANDRO MIGUEL GANEM JURE, y a MAHMOUD KI AMOR, ambos amplias facultades.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- IQUIQUE, 18 de Febrero del 2021.