MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES VIKINGO LIMITADA

RUT 77145224-8 CVE 1898615
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de febrero de 2021
Notaría
Pública de

Instrumento

Fecha
9 de febrero de 2021
Comuna
Pública de

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Titular de la 37ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1117, oficina 1014, certifica: Que por escritura pública de fecha 09.02.2021, ante mí, MAURICIO ANGELO ROCA JARA, domiciliado en Av. El Carmen 1176, casa 1, Huechuraba, y JAVIER IGNACIO SAAVEDRA MERCADO, domiciliado en Camino El Puntal 2900 casa 16, Condominio Borde Andino, Peñalolen, modificaron INVERSIONES VIKINGO LIMITADA, inscrita a fojas 24.849, Nº 12.603 del Registro de Comercio de Santiago del año 2020, en el siguiente sentido: 1. MAURICIO ANGELO ROCA JARA, vendió, cedió y transfirió el 20% de los derechos sociales a don JAVIER IGNACIO SAAVEDRA MERCADO, quien compra y adquiere para sí dichos derechos, en el precio de $200.000 pagados en efectivo con anterioridad a este acto. 2. Se modifica la cláusula relativa al capital por la siguiente: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la Sociedad es es la suma de $1.000.000, que los socios suscriben y pagan de la siguiente manera: a) Don MAURICIO ANGELO ROCA JARA, aporta la suma de $500.000, equivalentes a aproximadamente un 50% de los derechos sociales, ya enterados en la caja social; y b) Don JAVIER IGNACIO SAAVEDRA MERCADO aporta la suma de $500.000, equivalentes a aproximadamente un 50% de los derechos sociales, ya enterados en la caja social”. 3. Se modifica la cláusula relativa a la administración por la siguiente: “CLÁUSULA SÉPTIMA: Ambos socios de común acuerdo establecen que el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a los socios MAURICIO ANGELO ROCA JARA y JAVIER IGNACIO SAAVEDRA MERCADO, quiénes podrán actuar individual e indistintamente anteponiendo la razón social a su firma, sin limitaciones.” // En todo lo no modificado, rigen plenamente los estatutos contenidos en escritura de constitución de fecha 09.04.2020, otorgada en la Notaría de Santiago, de doña Nancy de la Fuente Hernández. Santiago, 16 de Febrero de 2021.-