SOCIEDAD AGRÍCOLA URRUTIA BELLONI Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2020
- Notario
- PATRICIA PARAM SARRAS
- Oficio
- Titular de la 37ª Notaría Santiago de doña Nancy de la Fuente Hernández
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA PARAM SARRAS, Notario Público Suplente de la Titular de la 37ª Notaría Santiago de doña Nancy de la Fuente Hernández, Huérfanos 1117, Oficina 1014, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2020, ante mí titular, doña Verónica Paz Belloni Garrido, C.I. 6.346.875-4, don Luis Eduardo Enrique Urrutia Hewstone, C.I. 5.089.901-2, ambos domiciliados en Ascencio de Zavala 2600, departamento 304, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don FRANCISCO JAVIER URRUTIA BELLONI, C.I. 12.628.226-5, domiciliado en calle Tahiti 6592, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don JUAN IGNACIO URRUTIA BELLONI, C.I. 12.628.227-3, doña MARIA JESÚS URRUTIA BELLONI, C.I. 12.454.955-8 y don LUIS FELIPE URRUTIA BELLONI, C.I. 13.552.102-7, todos con domicilio en Camino La Higuera s, San Clemente, Región del Maule, acordaron cesión de derechos y modificación de “SOCIEDAD AGRÍCOLA URRUTIA BELLONI Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 26.687 nº 18.591, del Registro de Comercio del año 2006 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en los siguientes términos: a) Doña Verónica Paz Belloni Garrido , vende, cede y transfiere a don Francisco Javier Urrutia Belloni el 42,85% de los derechos que le corresponden en la Sociedad Agrícola Urrutia Belloni y Compañía Ltda., equivalentes al 15% de los derechos sociales totales. b) como consecuencia de la cesión, se incorpora don Francisco Javier Urrutia Belloni a la Sociedad, quedando como únicos socios de la Sociedad, don Luis Eduardo Enrique Urrutia Hewstone, con un 20% del capital social, doña Verónica Paz Belloni Garrido, con un 20% del capital social, don Francisco Urrutia Belloni, don Juan Ignacio Urrutia Belloni, doña María Jesús Urrutia Belloni y don Luis Felipe Urrutia Belloni, cada uno de ellos con un 15% del capital social. c) Como consecuencia de la cesión anterior, los socios modificaron el estatuto social en los siguientes términos: Primero: Socios. Los socios de la Sociedad son: don LUIS EDUARDO ENRIQUE URRUTIA HEWSTONE; doña VERÓNICA PAZ BELLONI GARRIDO; don FRANCISCO URRUTIA BELLONI; don JUAN IGNACIO URRUTIA BELLONI; doña MARÍA JESÚS URRUTIA BELLONI; y don LUIS FELIPE URRUTIA BELLONI”; “Quinto: Capital. El capital de la sociedad será la suma de $10.000.000.-, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, y distribuido en la siguiente proporción: a) don LUIS EDUARDO ENRIQUE URRUTIA HEWSTONE, con un 20% del capital social, esto es, la suma de $2.000.000.-; b) doña VERÓNICA PAZ BELLONI GARRIDO, con un 20% del capital social, esto es, la suma de $2.000.000.-; c) don FRANCISCO URRUTIA BELLONI, con un 15% del capital social, esto es, la suma de $1.500.000.-; d) don JUAN IGNACIO URRUTIA BELLONI con un 15% del capital social, esto es, la suma de $1.500.000.-; e) doña MARÍA JESÚS URRUTIA BELLONI con un 15% del capital social, esto es, la suma de $1.500.000.-; y f) don LUIS FELIPE URRUTIA BELLONI con un 15% del capital social, esto es, la suma de $1.500.000.-”.- En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el Pacto Social, y especialmente lo estipulado en cuanto la responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de febrero de 2021.-