NICOLÁS ANTONIO ROMERO MOLINA SEGURIDAD PRIVADA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2021
- Notario
- Gloria Ortiz Carmona
- Oficio
- Vigésimo Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “SECURITY FLASH E.I.R.L.”
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Calle Los Jilgueros N° 2.121, Villa Las Bandurrias, comuna de Huechuraba, región Metropolitana
- Duración
- Será de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que el empresario manifieste su voluntad de poner término a la Empresa, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Empresa, con 3 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones proporcionando personal capacitado en seguridad privada. Así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos. Solicitar identificación en el acceso o en el interior de inmuebles determinados; evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección; Poner inmediatamente a disposición de las policías a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, también los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos; Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos; Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad. Explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación a las Policías, así como prestación de servicios de respuesta cuya realización no sea de la competencia de dichas policías; Planificación y asesoramiento de las actividades de seguridad; Venta y distribución de alarmas y artículos de seguridad y defensa personal en general; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; c) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal
Administración
Corresponderá al Empresario, don NICOLÁS ANTONIO ROMERO MOLINA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGloria Ortiz Carmona, Notario Público de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Amunátegui 361, local 6 de Santiago, certifico, por escritura de hoy, 15 de febrero de 2021, ante mí, don NICOLÁS ANTONIO ROMERO MOLINA, chileno, soltero, Técnico de nivel superior en Gastronomía, cédula de identidad 18.945.517-8, de 26 años de edad; domiciliado en calle Los Jilgueros N° 2.121, Villa Las Bandurrias, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; constituyó empresa individual de responsabilidad limitada cuyos estatutos son del siguiente tenor: Razón Empresarial: “NICOLÁS ANTONIO ROMERO MOLINA SEGURIDAD PRIVADA E.I.R.L.”, Nombre de fantasía: “SECURITY FLASH E.I.R.L.” Domicilio: Calle Los Jilgueros N° 2.121, Villa Las Bandurrias, comuna de Huechuraba, región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Objeto: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones proporcionando personal capacitado en seguridad privada. Así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos. Solicitar identificación en el acceso o en el interior de inmuebles determinados; evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección; Poner inmediatamente a disposición de las policías a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, también los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos; Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos; Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad. Explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación a las Policías, así como prestación de servicios de respuesta cuya realización no sea de la competencia de dichas policías; Planificación y asesoramiento de las actividades de seguridad; Venta y distribución de alarmas y artículos de seguridad y defensa personal en general; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; c) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Administración: Corresponderá al Empresario, don NICOLÁS ANTONIO ROMERO MOLINA. Capital: $2.000.000, equivalentes al 100% del capital de la empresa, cantidad que don NICOLAS ANTONIO ROMERO MOLINA aporta en este acto, al contado y en dinero en efectivo ya ingresados en caja. Duración: Será de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que el empresario manifieste su voluntad de poner término a la Empresa, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Empresa, con 3 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de febrero de 2021.