CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Consultora Monteduca SpA

RUT 12465952-3 CVE 1897514
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de febrero de 2021
Notaría
La Florida
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de febrero de 2021
Notario
DORA SILVA LETELIER
Oficio
Primera Notaría de La Florida
Comuna
La Florida

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año
Duración
Indefinida

Administración

La sociedad será administrada por la accionista doña María Teresa Montecinos Díaz, bajo el nombre de ADMINISTRADOR/A, con amplias facultades incluidas en el Artículo Décimo Quinto, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $2.000.000, dividido en 40 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, y del mismo valor, que se enteran y suscriben conforme al artículo primero transitorio de la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CAROLINA GUITIÉRREZ ASCENCIO, suplente de la titular, DORA SILVA LETELIER, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que: por escritura de 11 de Febrero de 2021, otorgada ante JULIO ANDRÉS MONJE SILVA, suplente de la titular de este oficio; doña MARÍA TERESA MONTECINOS DÍAZ, C.I.N°12.465.952-3, domiciliada en calle Cerro Aconcagua N°800, comuna La Florida, Región Metropolitana; y, don JUAN ESTEBAN MONTERO ARRATIA, C.I.N°12.272.352-6, domiciliado en calle Manuel Rodríguez N°10014, comuna El Bosque, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad por Acciones, cuya razón social será “CONSULTORA MONTEDUCA SpA”.- El Objeto social pactado es: “a) Prestación de Servicios tales como Asesorías, Consultorías, Capacitaciones, Asistencia Técnica a Instituciones Públicas y Privadas, como Comunidades Educativas, Municipios, Corporaciones y Fundaciones, enfocadas a directivos, profesores, asistentes de la Educación, así como también a la comunidad en donde se desenvuelven. Que tengan por finalidad Mejorar el Desarrollo Personal, Social y Profesional, del Proceso Educativo Formal y No Formal; b) Prestar Apoyo Técnico a los establecimientos educacionales para la elaboración e implementación del Plan de Mejoramiento Educativo en todas las Áreas de la Gestión; c) Prestación de Servicios tales como: Asesorías, Consultorías, Capacitaciones, a Instituciones Públicas y Privadas, como Asociaciones de Funcionarios, Sindicatos, Gremios, Empresas, Organizaciones Funcionales y Territoriales, Municipios, Corporaciones y Fundaciones, enfocadas a funcionarios, trabajadores, dirigentes, socios, así como también a la comunidad en donde se desenvuelven. Que tengan por finalidad Mejorar el Clima Organizacional, Social y Profesional, a través del Desarrollo Humano y Trabajo Colaborativo; d) Así como todo acto, contrato, que los socios, resuelvan realizar y que sean afines, relacionados o conexos, con los objetivos sociales. Podrá pues, pero sólo por vía de ejemplo, incluso en relación con las actuaciones a que se refiere esta cláusula, obtener créditos de toda clase, con Bancos u otras Instituciones Financieras, nacionales o extranjeras; documentar estas negociaciones, negociar, vender y transferir letras de crédito y otros valores; y en general hacer cualquier negociación de documentos o efectos de comercio; aceptar, suscribir, girar, endosar, descontar letras u otros documentos; e) participar o tomar interés en negocios o en sociedades para actividades similares o relacionadas, formar asociaciones o sociedades en los ramos referidos, dentro o fuera del país, y en todo lo antedicho actuado ya sea por cuenta propia o por cuenta de terceros”.- La Administración: La sociedad será administrada por la accionista doña María Teresa Montecinos Díaz, bajo el nombre de ADMINISTRADOR/A, con amplias facultades incluidas en el Artículo Décimo Quinto, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $2.000.000, dividido en 40 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, y del mismo valor, que se enteran y suscriben conforme al artículo primero transitorio de la escritura extractada. Domicilio: Santiago.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año. Vigencia: Indefinida. Demás cláusulas contenida en escritura extractada.- LA FLORIDA, 16 de Febrero de 2021.-