CONSTITUCIÓN Sociedad Anónima

RADAL II S.A.

CVE 1897048
Capital
$8.398.771 CLP
Fecha instrumento
5 de febrero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de febrero de 2021
Repertorio
8063-2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.398.771 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RAMON VENEGAS MORVAN, Notario Suplente de la 26° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 835, oficina 201, comuna y ciudad de Santiago, certifica que, con fecha 30 de diciembre de 2020, bajo el repertorio N° 8.063-2020, ante el titular Humberto Quezada Moreno, se redujo a escritura pública acta junta extraordinaria accionistas de RADAL II S.A., celebrada con esa misma fecha ante el titular Humberto Quezada Moreno, en la que se acordó aumentar el capital social de $8.398.771.- dividido en 2.740.483 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, a la suma de $17.611.790.044.- dividido en 5.746.650.997 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, mediante las siguientes operaciones: (a) Dejando constancia y reconociendo que el capital estatutario asciende a $8.398.771.- dividido en 2.740.483 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas; y (b) Emitiendo 5.743.910.514 acciones de pago, ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, a $3,064705.- por acción, a fin de cubrir la suma de $17.603.391.273, que deberán ofrecerse preferentemente a los accionistas, quienes tendrán derecho a suscribirlas y pagarlas a prorrata de las acciones que posean inscritas en el Registro de Accionistas a la media noche del quinto día hábil anterior a la fecha de inicio del período de suscripción preferente, mediante: (i) dinero efectivo o documentos bancarios representativos de dinero a la vista, o (ii) compensación de créditos de que sean acreedores los accionistas en contra de la sociedad o la cesión de cuentas por cobrar en contra de terceros. La totalidad de las acciones, mediante las cuales se efectuará el aumento de capital, deberán quedar emitidas, suscritas y pagadas, en las oportunidades que determine el directorio, dentro del plazo máximo que vence el 30 de enero de 2021. Se acordó modificar al efecto artículos cuarto permanente y primero transitorio estatutos sociales en términos que indica escritura extractada.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de febrero de 2021. JRVM. Not. Sup.