CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Sunny Limitada

CVE 1897116
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de febrero de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de febrero de 2021
Notario
Notario Suplente de don JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es ciudad de Santiago
Duración
La Sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha escritura extractada, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura extractada. 4

Objeto social

La Sociedad tiene por

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a Vivian Andrea Hutter Hofmann y Sasha Etienne Stifel Mocanu, quienes actuando en la forma señalada y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. 6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO SEPÚLVEDA ROSAS, Abogado, Notario Suplente de don JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 11 de febrero de 2021, ante mí, Vivian Andrea Hutter Hofmann y Sasha Etienne Stifel Mocanu, ambos domiciliados Avenida La Dehesa N°3685, casa 27, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Razón Social: La razón social de la sociedad es “INVERSIONES SUNNY LIMITADA” /en adelante, la “Sociedad”/, sin perjuicio de que, para fines comerciales, publicitarios e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos, pueda usar el nombre “INVERSIONES SUNNY LTDA.” 2. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: /a/ Efectuar inversiones en Chile y/o en el extranjero, ya sea de carácter permanente o de renta, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. Para estos efectos la Sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, valores y títulos situados o emitidos en el extranjero y percibir sus frutos y rentas; /b/ Constituir y participar en todo tipo de sociedades constituidas en Chile o en el extranjero, sean estas civiles o mercantiles; c) Celebrar por cuenta propia o ajena todo tipos de actos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social; y d) En general, celebrar todos los actos o negocios que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social y todos los que acuerden sus socios. 3. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha escritura extractada, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura extractada. 4. Capital: El capital de la Sociedad es de $1.000.000, que los socios aportan y enteran en dinero efectivo a la caja social en este acto de la siguiente forma: /a/ Vivian Andrea Hutter Hofmann aporta $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales; y, /b/ Sasha Etienne Stifel Mocanu aporta $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales. 5. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a Vivian Andrea Hutter Hofmann y Sasha Etienne Stifel Mocanu, quienes actuando en la forma señalada y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. 6. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es ciudad de Santiago, sin perjuicio que los socios acuerden establecer oficinas, agencias o sucursales en otras comunas o ciudades del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes. San Miguel, 15 de febrero de 2021.