Instrumento
- Fecha
- 4 de febrero de 2021
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
a) Prestar servicios de asesoría en la gestión y administración de predios rurales; b) Prestar todo tipo de servicios de asesoría relacionadas con la actividades de la agricultura, forestación y ganadería ; c) La cría, compra y venta de ganado al por mayor; d) Invertir por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, muebles o inmuebles; e) Las demás que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 04 de febrero de 2021, otorgada ante mí, bajo el Repertorio número 2.596/2021, ante mí, SUSTAINABLE FOR PROFITS SpA, debidamente representada por don Francisco Javier Calabi Floody, AGRO RANCO SpA, debidamente representada por don Juan Ramón Roa Mella, y don MARIO EDUARDO MAYOL RECORDON, constituyeron Sociedad por Acciones: Razón social: “Regenera LS SpA”. Objeto: a) Prestar servicios de asesoría en la gestión y administración de predios rurales; b) Prestar todo tipo de servicios de asesoría relacionadas con la actividades de la agricultura, forestación y ganadería ; c) La cría, compra y venta de ganado al por mayor; d) Invertir por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes, muebles o inmuebles; e) Las demás que acuerden los socios. Para el cumplimiento de los fines sociales la sociedad podrá ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que se estimen necesarios o conducentes al cumplimiento de los fines sociales, a la realización de los negocios que los socios acuerden o a la inversión de los fondos disponibles, sin limitación o restricción alguna. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, dividido en 2.000 acciones nominativas, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma y proporción que se indica en el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de febrero de 2021.