INMOBILIARIA E INVERSIONES ARCO IRIS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2020
- Notario
- Pablo A. González Caamaño
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- cinco años, prorrogables períodos iguales. Socios limitan responsabilidad monto respectivos
Objeto social
a) la prestación de toda clase de asesoramiento, consultorías, evaluación de proyectos y en general toda clase de servicios profesionales de carácter financiero y económico; b) la inversión y administración de todos los recursos financieros que obtenga en su giro principal los que podrán se: invertidos en bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, especialmente valores mobiliarios, como acciones de sociedades anónimas, bonos, depósitos en el mercado financiero bancario u otras instituciones autorizadas por la ley de mercado de capitales y valores, participación en sociedades de personas o asociaciones de cualquier naturaleza o especie y la percepción de las rentas y beneficios de todas inversiones; y c) la inversión, asesoría, estudio, proyección, desarrollo y ejecución de toda clase de negocios inmobiliarios, la compra, venta, arriendo, Leasing, administración, construcción, remodelación, reparación y explotación a cualquier título de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena, y cualquiera otra actividad relacionada con lo anterior que los socios acuerden
Administración
Dos cualquiera de los socios conjuntamente. Capital cien millones setecientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos, aportado en tres partes iguales de treinta y tres millones quinientos noventa y cinco mil ciento cincuenta y tres pesos, cada uno de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 30 de Diciembre de 2020, ante mi, doña VIVIANA VERÓNICA SILVA VILLABLANCA, doña CRISTINA ISABEL SILVA VILLABLANCA, don OSCAR VLADIMIR SILVA VILLABLANCA, don PABLO GABRIEL SILVA ESPINOZA, y doña TAMARA MARGARITA SILVA ESPINOZA todos domiciliados para estos efectos en MICHIMALONGO ciento cincuenta y nueve, Santiago, modificaron INMOBILIARIA E INVERSIONES ARCO IRIS LIMITADA. Modificación divide sociedad en dos sociedades limitadas, en base a balance al 17 de Noviembre de 2020, protocolizado ante mí, por el cual el patrimonio de la sociedad que se divide asciende a la suma de $167.975.765.- Asignándose de ese monto la suma de $100.785.459.- a la primera sociedad que se crea, INMOBILIARIA E INVERSIONES KUTRAL LIMITADA; y la suma de $67.190.306.- a la segunda sociedad que se crea, INMOBILIARIA E INVERSIONES ALEXANDRIA LIMITADA. Sociedad dividida $1. capital. Nuevas sociedades: UNO.- integrada por VIVIANA VERÓNICA SILVA VILLABLANCA, CRISTINA ISABEL SILVA VILLABLANCA, y OSCAR VLADIMIR SILVA VILLABLANCA, Domicilio, Santiago. Razón social: INMOBILIARIA E INVERSIONES KUTRAL LIMITADA Objeto: a) la prestación de toda clase de asesoramiento, consultorías, evaluación de proyectos y en general toda clase de servicios profesionales de carácter financiero y económico; b) la inversión y administración de todos los recursos financieros que obtenga en su giro principal los que podrán se: invertidos en bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, especialmente valores mobiliarios, como acciones de sociedades anónimas, bonos, depósitos en el mercado financiero bancario u otras instituciones autorizadas por la ley de mercado de capitales y valores, participación en sociedades de personas o asociaciones de cualquier naturaleza o especie y la percepción de las rentas y beneficios de todas inversiones; y c) la inversión, asesoría, estudio, proyección, desarrollo y ejecución de toda clase de negocios inmobiliarios, la compra, venta, arriendo, Leasing, administración, construcción, remodelación, reparación y explotación a cualquier título de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena, y cualquiera otra actividad relacionada con lo anterior que los socios acuerden. Administración: Dos cualquiera de los socios conjuntamente. Capital cien millones setecientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos, aportado en tres partes iguales de treinta y tres millones quinientos noventa y cinco mil ciento cincuenta y tres pesos, cada uno de los socios. Aportes: división cuentas y bienes sociedad original. Duración: cinco años, prorrogables períodos iguales. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Demás estipulaciones en ella. DOS. integrada por PABLO GABRIEL SILVA ESPINOZA, y doña TAMARA MARGARITA SILVA ESPINOZA. Domicilio, Santiago. Razón social: INMOBILIARIA E INVERSIONES ALEXANDRIA LIMITADA Objeto: a) la prestación de toda clase de asesoramiento, consultorías, evaluación de proyectos y en general toda clase de servicios profesionales de carácter financiero y económico; b) la inversión y administración de todos los recursos financieros que obtenga en su giro principal los que podrán se: invertidos en bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, especialmente valores mobiliarios, como acciones de sociedades anónimas, bonos, depósitos en el mercado financiero bancario u otras instituciones autorizadas por la ley de mercado de capitales y valores, participación en sociedades de personas o asociaciones de cualquier naturaleza o especie y la percepción de las rentas y beneficios de todas inversiones; y c) la inversión, asesoría, estudio, proyección, desarrollo y ejecución de toda clase de negocios inmobiliarios, la compra, venta, arriendo, Leasing, administración, construcción, remodelación, reparación y explotación a cualquier título de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena, y cualquiera otra actividad relacionada con lo anterior que los socios acuerden. Administración: ambos socios conjuntamente. Capital sesenta y siete millones ciento noventa mil trescientos cuatro pesos, aportado en partes iguales de treinta y tres millones quinientos noventa y cinco mil ciento cincuenta y dos pesos cada uno. Aportes: división cuentas y bienes sociedad original. Duración: cinco años, prorrogables períodos iguales. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Demás estipulaciones en ella.