SAYE PROPIEDADES LIMITADA
Instrumento
- Notario
- JORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS
- Domicilio
- don OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS, Abogado, Notario Público Suplente de don OCTAVIO FRANCISCO GUTIÉRREZ LÓPEZ, Notario Público, Titular 30º Notaría de Santiago, Oficios Av. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Ofs. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública, ante mí, fecha hoy, GRETCHEN ANDREA YEVENES HERNÁNDEZ, estudiante, Las Acacias 248, Calera de Tango, de paso en ésta; FRANCISCO MANUEL PARDO ROMERO, ingeniero mecánico, La Reforma 90, Torre VII, dp. 303, Maipú; y CARLOS ALBERTO SANSON ABUGOCH, ingeniero en informática, Las Acacias 248, Calera de Tango, de paso en ésta; modifican sociedad de responsabilidad limitada denominada SAYE PROPIEDADES LIMITADA o SAYE PROPIEDADES LTDA., constituida por escritura pública fecha 19/marzo/2019, ante Notario Santiago Octavio Francisco Gutiérrez López, cuyo extracto se inscribió a Fs. 23.309 N°11.806 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, año 2019 y publicado en Diario Oficial de 28/marzo/2019, edición N°42.316, en sentido que: “FRANCISCO MANUEL PARDO ROMERO, se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere el total de su participación que es el 50% del capital social a GRETCHEN ANDREA YEVENES HERNÁNDEZ, quien compra, acepta y adquiere para sí el 40% de dichos derechos en la suma de $400.000; y a CARLOS ALBERTO SANSON ABUGOCH, quien ingresa, compra, acepta y adquiere para sí el 10% de dichos derechos en la cantidad de $100.000; ambas sumas pagadas en este acto, contado, dinero en efectivo, suma que el cedente declara recibir a su entera y completa satisfacción. En consecuencia, quedan como únicos socios de SAYE PROPIEDADES LIMITADA o SAYE PROPIEDADES LTDA., GRETCHEN ANDREA YEVENES HERNÁNDEZ con un 90% de los derechos sociales; y don CARLOS ALBERTO SANSON ABUGOCH con un 10% de los derechos sociales”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Todo lo no modificado rige pacto social constitutivo. Santiago, 29 Diciembre del 2020.