MHO CONSULTORES ASOCIADOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de abril de 2007
- Repertorio
- 2638-2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
A) La ejecución de proyectos y asesorías en las áreas de ingeniería vial, arquitectura, construcción, recursos humanos, gestión, educación e ingeniería en general; B) Ejecutar capacitación, cursos de adiestramiento u otros de carácter laboral; C) Asumir representación y o agencias de empresas o instituciones extranjeras; D) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas; y E) Desarrollar actividades de agencia de negocios mediante la prestación de toda clase de servicios, tanto civiles como comerciales, encaminados a facilitar la más eficiente ejecución de los negocios y actividades de las sociedades denominadas MHO INGENIERÍA Y DESARROLLO SpA y MHO AMBIENTAL SpA, a través de la prestación de servicios de diversa índole tales como administrativos, de intermediación, contables, de provisión de personal y todos los demás que sirvan para satisfacer las necesidades operativas de las aludidas sociedades. Se deja expresa constancia de que los servicios señalados en esta letra solamente podrán tener como prestatarios o beneficiarios a las sociedades antes aludidas, como asimismo a cualesquiera otras que actualmente o en el futuro formen parte de su mismo grupo empresarial, entendiéndose por éste lo que al respecto dispone la Ley número dieciocho mil cuarenta y cinco sobre Mercado de Valores, indicándose expresamente que la sociedad no podrá efectuar la prestación de los servicios descritos en esta letra al público en general.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos 979 oficina 501, certifica: Por escritura pública de 4 de Febrero del 2021, repertorio N° 2.638-2021, ante mí, JUAN MAURICIO HERRERA OBERREUTER, C.I. 10.549.795-4 y CONSTANZA VALENTINA HERRERA MUÑOZ, C.I. 20.076.105-7, ambos con en Av. Presidente Riesco 5335, oficina 606, Las Condes, únicos socios de la sociedad MHO CONSULTORES ASOCIADOS SpA, constituida por escritura pública de 18 de abril de 2007, de la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Repertorio 8688, inscrita a fojas 15.967 número 11.822 del año 2007 del Registro de Comercio de Santiago, la modificaron en el sentido de reemplazar el artículo tercero de los estatutos por el siguiente: “La sociedad tendrá por objeto: A) La ejecución de proyectos y asesorías en las áreas de ingeniería vial, arquitectura, construcción, recursos humanos, gestión, educación e ingeniería en general; B) Ejecutar capacitación, cursos de adiestramiento u otros de carácter laboral; C) Asumir representación y o agencias de empresas o instituciones extranjeras; D) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas; y E) Desarrollar actividades de agencia de negocios mediante la prestación de toda clase de servicios, tanto civiles como comerciales, encaminados a facilitar la más eficiente ejecución de los negocios y actividades de las sociedades denominadas MHO INGENIERÍA Y DESARROLLO SpA y MHO AMBIENTAL SpA, a través de la prestación de servicios de diversa índole tales como administrativos, de intermediación, contables, de provisión de personal y todos los demás que sirvan para satisfacer las necesidades operativas de las aludidas sociedades. Se deja expresa constancia de que los servicios señalados en esta letra solamente podrán tener como prestatarios o beneficiarios a las sociedades antes aludidas, como asimismo a cualesquiera otras que actualmente o en el futuro formen parte de su mismo grupo empresarial, entendiéndose por éste lo que al respecto dispone la Ley número dieciocho mil cuarenta y cinco sobre Mercado de Valores, indicándose expresamente que la sociedad no podrá efectuar la prestación de los servicios descritos en esta letra al público en general.” Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 4 de Febrero del 2021.