M & S SALÓN DE ESTÉTICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2021
- Notario
- FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ
- Oficio
- Segunda Notaria de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ, abogado, Notario Público, de la Segunda Notaria de Viña del Mar, Arlegui número 333, local 111, certifica, por escritura pública de fecha 08 de Febrero de 2021, ante mí , doña KATHERINE LISSETTE ARAOS MONTOYA, 27 poniente 5649, 5° Sector de Gómez Carreño, Viña del Mar, doña MARJORIE ALEJANDRA BERNAL RODRIGUEZ, Alejandro Navarrete 3.099 Block 15 Departamento 31, Gómez Carreño y don ANASTACIO MAURICIO FARIAS MOLINA, Alejandro Navarrete 3.099 Block 15 Departamento 31, 5° Sector, Gómez Carreño, Viña del Mar, modifican Sociedad de Responsabilidad Limitada “M & S SALÓN DE ESTÉTICA LIMITADA” o “MINT SALÓN LTDA”, rol único tributario setenta y seis millones ochocientos ochenta y dos mil quinientos noventa y siete guion uno, inscrita en el Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Viña del Mara fojas 880 número 716 del año 2018; MODIFICACIÓN DE LA CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD CONSISTE: Los actuales socios modifican el artículo octavo del pacto social relativo a la administración de la sociedad como consecuencia de que KATHERINE LISSETTE ARAOS MONTOYA, se retiró de la sociedad, por lo que deja de ser representante legal y la administración de la sociedad, representación legal y el uso de la razón social corresponderá a doña MARJORIE ALEJANDRA BERNAL RODRIGUEZ, en orden a señalar: “OCTAVO: La administración, representación legal y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a doña MARJORIE ALEJANDRA BERNAL RODRIGUEZ, la que anteponiendo a su firma la razón social, obligara y representara a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto giro ordinario y en especial, y sin que la numeración sea taxativa, ni importe limitación alguna podrá: representarla ante terceros, incluyendo a toda clase de instituciones nacionales e internacionales, ante autoridades políticas, administrativas y judiciales del país y del extranjero; formular toda clase de solicitudes, efectuar presentaciones o declaraciones y aceptar obligaciones y derechos; celebrar toda clase de actos y contratos; despachar y recibir de las oficinas postales y telegráficas, de las aduanas o de cualquiera otra oficina, reparticiones o instituciones públicas o privadas, correspondencia ordinaria o certificada, encomiendas, giros de dinero, mercaderías y otras especies o valores consignados o endosados a nombre o a la orden de la sociedad; cobrar y percibir todo cuanto se le adeude por cualquier motivo o título y otorgar los correspondientes recibos, cancelaciones, finiquitos o resguardos que se soliciten, dar y recibir dinero en préstamo, girar y aceptar traspasos y depositar o entregar valores, acciones o bonos en custodia. En orden judicial representara a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción deducida, renunciar a los recursos y/o términos legales, aceptar la demanda contraria, transigir, comprometer, aprobar convenios y percibir. En general, podrán celebrar todos, los demás actos y contratos que su gestión haga necesaria o que estimen adecuados y convenientes para el mejor desempeño de sus funciones para el interés de la Sociedad, pudiendo delegar la totalidad de las facultades de administración o parte de ellas y revocar dichas delegaciones”; VIGENCIA DEL PACTO SOCIAL ANTERIOR: Que, en todo lo demás rige el pacto social anterior u original, especialmente capital social que sigue siendo de $1.000.000. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Viña del Mar, 11 Febrero del 2021.