IMPORT EXPORT LIBERTAD CO. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de febrero de 2021
- Notario
- RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, A. Pinto N°555, certifico que por escritura pública, hoy ante mí, ARTURO ALEJANDRO SANTOS GALLEGOS, y CINTHYA MARIANELA SANTOS GALLEGOS, Avenida 16 de Julio Parcela 65 H, Localidad La Tirana, Pozo Almonte, de paso en esta ciudad; constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, razón social IMPORT EXPORT LIBERTAD CO. LIMITADA, nombre de fantasía LIBERTAD CO. LTDA..- Objeto sociedad será: La importación, exportación, compras, ventas, distribución, comisión, comercialización y representación de cualquier clase de bienes, cosas, insumos, especialmente toda clase de lubricantes, accesorios automotrices, artículos de electrónica, combustibles, neumáticos, partes, piezas, repuestos nuevos y usados; explotación lubricentros, talleres de mantención automotriz y de frenos; todo otro objeto lícito que los socios estipulen en el futuro. Además podrá actuar, como usuaria de los Sistemas de Zonas Francas y/o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero.- Administración sociedad y uso razón social corresponderá en forma separada e indistinta a los socios, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representarán con amplias facultades. Capital $5.000.000, socios aportan y enteran siguiente manera: ARTURO ALEJANDRO SANTOS GALLEGOS, aporta $2.500.000, que entera en este acto, en dinero efectivo que ingresa en caja social; dicho aporte corresponde al 50% capital social; CINTHYA MARIANELA SANTOS GALLEGOS, aporta $2.500.000, que entera en este acto, en dinero efectivo que ingresa en caja social; dicho aporte corresponde al 50% capital social.- Domicilio Iquique. Sociedad durará 5 años contados desde la fecha del presente contrato, prorrogables. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 03 de Febrero de 2021.-