Comercial Canales del Sur Limitada
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2021
Sociedad
- Capital
- $651.210.061 CLP
- Domicilio
- Coyhaique
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, y cualquier otra actividad que acuerden los
Administración
corresponderá a don Hector Ronald Canales Cabezas, o en su defecto a una o más personas naturales designadas por los accionistas, con facultades indicadas en estatutos. En la misma escritura don Ernesto Canales vende el total de sus acciones a Hector Canales Cabezas. Además se acuerda la migración al Régimen simplificado de empresas y sociedades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Coyhaique, 08 de febrero de 2021, notario público certifica que por escritura de hoy, Héctor Ronald Canales Cabezas, empresario, cédula identidad N° 5.822.240-2, domicilio Veintiuno de mayo N° 461, Coyhaique, y; Ernesto Alonso Canales Cabezas, empleado, cédula identidad N° 8.895.857-8, domicilio departamento 11, edificio 1, Población La Nieves, Coyhaique, modificaron Comercial Canales del Sur Limitada, rol único tributario 76.109.888-8, extracto inscrito a fojas 274 vuelta número 107 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coyhaique del año 2010, en los siguiente: 1) modifican capital social, capitalizando cuenta revalorización capital propio al 31.12.2020, quedan el capital en $651.210.061.- 2) Transforman a la sociedad en una sociedad por acciones, sustituyendo íntegramente su estatuto, el que se resume en: razón social: Canales del Sur SpA; domicilio: Coyhaique, sin perjuicio de sucursales en otros puntos del país o del extranjero; Duración: indefinida. Objeto: La sociedad tiene por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, y cualquier otra actividad que acuerden los accionistas. Capital: $651.210.061.- dividido en 500 acciones, totalmente suscritas y pagadas en artículos transitorios. Administración: corresponderá a don Hector Ronald Canales Cabezas, o en su defecto a una o más personas naturales designadas por los accionistas, con facultades indicadas en estatutos. En la misma escritura don Ernesto Canales vende el total de sus acciones a Hector Canales Cabezas. Además se acuerda la migración al Régimen simplificado de empresas y sociedades. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Coyhaique, 08 de febrero de 2021.